13 DE JUNIO DE 1984 .- Otórgase a ENAF un crédito de $bs. 712.000.000. entregada a COMIBOL.
DECRETO SUPREMO N° 20291
HERNAN SILES ZUAZO
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
C O N S I D E R A N D O :
Que el Supremo Gobierno, a través de sus representantes, ha convenido con la Federación Nacional de Cooperativas Mineras que las entregas de minerales de los cooperativistas, tanto a la Corporación Minera de Bolivia como al Banco Minero, efectuadas ente el 26 de agosto y el 15 de noviembre de 1983, fuesen liquidadas al cambio oficial del dólar establecido en noviembre del mismo año.
Que la Corporación Minera de Bolivia y sus subsidiarios han solicitado, por medio de los canales correspondientes, similar tratamiento en sus liquidaciones por entregas de mineral a la Empresa Nacional de Fundiciones.
Que de acuerdo al convenio firmado en 18 de mayo de 1984 por los Ministerios de Finanzas y de Minería y Metalurgia con la Federación Nacional de Cooperativas Mineras, se acordó que en tanto la Corporación Minera de Bolivia y el Banco Minero de Bolivia afectúen su conciliación de sus cuentas con la Empresa Nacional de Fundiciones, se gestionaría la disposición legal que otorgue un crédito fiscal a esta última, a fin de que entregue esos fondos a la Corporación Minera de Bolivia para cancelar el saldo de las reliquidaciones emergentes del convenio de 7 de septiembre de 1983.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
ARTÍCULO l.- Otórgase a la Empresa Nacional de Fundiciones un crédito fiscal de $b). 712.000.000,- (SETECIENTOS DOCE MILLONES DE PESOS BOLIVIANOS), para que sea entregado en su integridad a la Corporación Minera de Bolivia empresa que destinará el total de esa suma al cumplimiento del pago del saldo correspondiente a obligaciones pendientes por las reliquidaciones al sector cooperativo y subsidarios de la misma.
ARTÍCULO 2.- El Banco Central de Bolivia acordará con la Empresa Nacional de Fundiciones, los términos del crédito fiscal a otorgarse, con cargo a la liquidación final de ENAF a COMIBOL.
Los señores Ministros de Estado en los Despachos de Finanzas y de Minería y Metalurgia, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente decreto supremo.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los trece días del mes de junio de mil novecientos ochenta y cuatro años.
FDO. HERNAN SILES ZUAZO, Gustavo Fernández Saavedra, Federico Alvarez Plata, Manuel Cárdenas Mallo, Oscar Bonifaz Gutierrez, Ernesto Aranibar Quiroga, Freddy Justiniano Flores, Alfonso Camacho Peña, Hernando Poppe Martínez, Min. de Trab. y Des. Lab. a.i., Javier Torres Goitia, Carlos Carvajal Nava, Quintin Julio Mendoza, Luis Saucedo Justiniano, Guillermo Capobianco, Antonio Arnez Camacho, Mario Rueda Peña, Jorge Agreda Valderrama, Miguel Urioste F. de C.