19 DE JUNIO DE 1984 .- Autoriza al Bco. Central, la suscripción de títulos y valores con el Brasil.
DECRETO SUPREMO N° 20298
HERNAN SILES ZUAZO
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
C O N S I D E R A N D O :
Que el memorándum de entendimiento suscrito en la ciudad de Santa Cruz de la Sierra, en 8 de febrero de 1984, entre los Ministros de Relaciones Exteriores de Bolivia y Brasil, ha acordado la concesión de un crédito hasta $us. 100.000.000.- por parte del último a Bolivia, para atender requerimientos de financiación de proyectos e inversiones previamente definidos y que también se encuentran enumerados en ese documento.
Que tal crédito de bienes y servicios de la República del Brasil se halla canalizada a través de su Cartera de Comercio Exterior (CACEX), exigiéndose, para hacer viable los créditos que requieran cada una de las instituciones del sector público de Bolivia, el cumplimiento de varios requisitos, entre ellos que el aval sea otorgado por el Banco Central de Bolivia, la obligación se incorpore al Convenio de Crédito Recíproco vigente entre ambos países y que esa garantía se efectúe con la suscripción de documentos mercantiles.
Que es necesario compatibilizar las exigencias de los organismos financieros y de CACEX, en el caso concreto, con las normas legales vigentes en el país que norman la actuación del Banco Central de Bolivia respecto a los títulos valores, como establece al art. 43 del D.S. No. 9602 de 24 de febrero de 1971, a cuyo efecto corresponde conceder a esta institución autorización expresa para la suscripción de esos documentos mercantiles que le permitan avalar las obligaciones resultantes de la aplicación del crédito de los $us. 100.000.000.-
EN CONSEJO DE MINISTROS,
D E C R E T A :
ARTÍCULO ÚNICO.- Autorízase al Banco Central de Bolivia la suscripción de títulos valores, tales como letras de cambio y pagarés, requeridos en cada caso por los organismos financieros del gobierno brasileño y CACEX para la efectivización del crédito de $us.100.000.000.-, a otorgarse a diversas entidades del sector público de Bolivia, de acuerdo a lo señalado en el memorándum de entendimiento de 8 de febrero de 1984, suscrito en la ciudad de Santa Cruz, entre los Ministros de Relaciones Exteriores de Bolivia y Brasil.
El señor Ministro de Estado en el despacho de Finanzas, queda encargado de la ejecución y cumplimiento del presente decreto.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los diecinueve días del mes de junio de mil novecientos ochenta y cuatro años.
FDO. HERNAN SILES ZUAZO, Federico Alvarez Plata, Min. RR.EE. y Culto a.i., Manuel Cárdenas, Oscar Bonifaz Gutierrez, Ernesto Aranibar Quiroga, Freddy Justiniano Flores, Alfonso Camacho Peña, Hernando Poppe Martinez, Javier Torres Goitia, Horst Grebe López, Carlos Carvajal Nava, Quintin Julio Mendoza, Luís Saucedo, Guillermo Capobíanco Rivera, Antonio Arnez Camacho, Mario Rueda Peña, Jorge Agreda Valderrama, Miguel Urioste F. de C.