03 DE JULIO DE 1984 .- Créase la Comisión de Investigación de mercados campesinos.
DECRETO SUPREMO N° 20322
HERNAN SILES ZUAZO
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
C O N S I D E R A N D O :
Que mediante Decretos Supremos No. 17251 y 17921 se ha dispuesto la construcción de 15 mercados campesinos, en toda la República.
Que a la fecha se ha concluido la construcción de 9 unidades.
Que existen denuncias de presuntas irregularidades que se hibiesen cometido en las fases de licitación, diseño construcción y entrega de los mencionados mercados.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
D E C R E T A :
ARTÍCULO PRIMERO.- Créase la Comisión de Investigación y Control de los mercados campesinos que estará integrada por representantes de los Ministerios de Planeamiento y Coordinación, Industria, Comercio y Turismo, Urbanismo y Vivienda, Asuntos Campesinos y Agropecuarios, Finanzas y de la Confederación Sindical Único de Trabajadores Campesinos de Bolivia.
ARTÍCULO SEGUNDO.- La comisión de Investigación y Control de los mercados campesinos tendrá a su cargo las siguientes tareas:
Investigar las denuncias efectuadas en torno a irregularidades.
Verificar el correcto diseño, construcción y entrega de los mercados campesinos.
Coordinar su entrega a las Federaciones Campesinas Departamentales.
Supervisar el establecimiento de mecanismos adecuados de uso y mantenimiento de los mercados mencionados.
Acelerar su conclusión y entrega.
ARTÍCULO TERCERO.- La Comisión de Investigación y Control de los Mercados Campesinos será presidida por el señor Ministro de Asuntos Campesinos y Agropecuarios, debiendo concluir sus labores en el plazo perentorio de 30 días computables a partir de la fecha, elevando un informe final sobre las tareas realizadas.
Los señores Ministros de Estado, en los despachos de Asuntos Campesinos y Agropecuarios, Planeamiento y Coordinación, Industria, Comercio y Turismo, Urbanismo y Vivienda y Finanzas, queda encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los tres días del mes de julio de mil novecientos ochenta y cuatro años.
FDO. HERNAN SILES ZUAZO, Gustavo Fernández Saavedra, Federico Alvarez Plata, Manuel Cárdenas Mallo, Oscar Bonifaz Gutierrez, Ernesto Aranibar Quiroga, Freddy Justiniano Flores, Alfonso Camacho Peña, Hernando Poppe Martinez, Javier Torres Goitia, Horst Grebe López, Carlos Carvajal Nava, Quintin Julio Mendoza H., Luis Saucedo Justiniano, Guillermo Capobianco Rivera, Antonio Arnez Camacho, Mario Rueda Peña, Jorge Agreda Valderrama, Miguel Urioste Fernandez de C.