26 DE JULIO DE 1984 .- Autorízase al Comité Deptal. de Obras Deportivas de Santa Cruz, la construcción de vestuarios y baños en terrenos de propiedad del Club de Tenis "Santa Cruz".
DECRETO SUPREMO N° 20359
HERNAN SILES ZUAZO
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
C O N S I D E R A N D O :
Que el Decreto Supremo 12782 de 21 de agosto de 1975, al crear los comités de obras deportivas departamentales les ha autorizado en su articulo 1º, efectuar construcciones excepcionalmente en terrenos de entidades deportivas privadas a cambio que éstas les reconozcan y concedan derechos de uso.
Que el Comité departamental de Obras Deportivas de Santa Cruz ha acordado con el Club de Tenis homónimo, según documento público 121/84 suscrito ante el Notario de Hacienda del mencionado departamento, en 7 de junio de 1984, construir con sus recursos en terrenos adyacentes a los campos deportivos de la citada entidad privada, vestuarios y baños que los complementen y habiliten adecuadamente para competencias o torneos deportivos nacionales e internacionales, a cambio de un derecho irrestricto de uso de los mismos por el mencionado Comité a través del correspondiente instituto Departamental de Deportes.
Que tal convenio se ajusta razonablemente al marco legal del decreto supremo citado 12782, siendo procedente su aprobación a objeto que surta todos sus efectos juridicos para su plena validez y ejecución.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
D E C R E T A :
ARTÍCULO PRIMERO.- Autorízase al Comité Departamental de Obras Deportivas de Santa Cruz, construir en terrenos de propiedad del Club de Tenis “Santa Cruz” de la ciudad Homónima, vestuarios y baños para sus campos deportivos, a cambio de un incondicionado derecho de uso, de conformidad con el artículo 7o. inciso a) del decreto supremo 12782 de 21 de agosto de 1975.
ARTÍCULO SEGUNDO.- Consecuentemente, se homologa en todo su tenor el contrato suscrito por ambas entidades, ante el Notario de Hacienda de Santa Cruz, en 2 de junio de 1984, según documento público 121/84.
ARTÍCULO TERCERO.- Efectuadas y concluidas las obras mencionadas, según planos aprobadas por el Instituto Departamental de Deportes de Santa Cruz de la Sierra, ellas y los campos deportivos, así complementados, serán puestos en servicio público y uso irrestricto del Instituto Departamental de Deportes (I.D.D.) de la citada ciudad, con fines deportivos.
Los señores Ministros de Estado en los despachos de Planeamiento y Coordinación y Secretaría General de la Presidencia de la República, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente decreto supremo.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz a los veintiseis días del mes de julio de mil novecientos ochenta y cuatro años.
FDO. HERNAN SILES ZUAZO, Gustavo Fernandez Saavedra, Federico Alvarez Plata, Manuel Cárdenas Mallo, Oscar Bonifaz Gutierrez, Ernesto Aranibar Quiroga, Freddy Justiniano Flores, Alfonso Camacho Peña, Hernando Poppe Martinez, Javier Torres Goitia, Horst Grebe López, Carlos Carvajal Nava, Guillermo Capobianco Rivera, Antonio Arnez Camacho, Quintin Julio Mendoza, Mario Rueda Peña, Luis Saucedo Justiniano, Jorge Agreda Valderrama, Miguel Urioste F. de C.