02 DE AGOSTO DE 1984 .- Apruébase el convenio suscíto por Y.P.F.B. en favor de Bolivia Petroleum Company.
DECRETO SUPREMO N° 20376
HERNAN SILES ZUAZO
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que Yacimientos Petrolíferos Fiscales Bolivianas ha reconocido que adeuda la suma de $us. 30.944.827.34 a Tesoro Bolivia Petróleum Company, por compras de gas natural y petróleo hasta el 31 de marzo de 1984.
Que efectuada la respectiva conciliación de cuentas, se ha establecido debidamente ese saldo deudor, suscribiendo entre las mencionadas entidades el convenio pertinente en 20 de julio de 1984, sobre las condiciones de los pagos diferidos, sumas y fechas, en forma satisfactoria para los intereses de ambas partes,
Que es procedente el pago de esa deuda tratándose de una obligación con plazo vencido.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
ARTÍCULO ÚNICO.- Aprúebase en todas sus estipulaciones y partes el convenio suscrito por Yacimientos Petrolíferos Fiscales Bolivianos en 20 de julio de 1984, en favor de Tesoro Bolivia Petroleum Company, sobre pago de su obligación por compras de gas natural y petróleo liquidadas al 31 de marzo de 1984.
Los señores Ministros de Estado en los despachos de Energía é Hidrocarburos y de Finanzas, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente decreto supremo.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los dos días del mes de agosto de mil novecientos ochenta y cuatro años.
FDO. HERNAN SILES ZUAZO, Gustavo Fernandez Saavedra, Federico Alvarez Plata, Manuel Cardenas Mallo, Oscar Bonifaz Gutierrez, Ernesto Aranibar Quiroga, Freddy Justiniano Flores, Alfonso Camacho Peña, Hernando Poppe Martinez, Javier Torres Goitia, Horst Grebe López, Carlos Carvajal Nava, Quintín Julio Mendoza, Luis Saucedo, Guillermo Capobianco Rivera, Antonio Arnez Camacho, Mario Rueda Peña, Jorge Agreda Valderrama, Miguel Urioste F. de C.