07 DE AGOSTO DE 1984 .- Refinanciamiento de la deuda externa con la República Argentina.
DECRETO SUPREMO N° 20381
HERNAN SILES ZUAZO
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
C O N S I D E R A N D O :
Que el Gobierno Constitucional ha aprobado, mediante decreto supremo 19840 de 17 de octubre de 1983, el refinanciamiento de la deuda externa con la República Argentina, en base a las actas de entendimiento, suscritas el 14 de enero y 25 de febrero de 1983 entre la República de Bolivia, representada por su Ministro de Defensa Nacional y la República Argentina, por su Ministro de Economía.
Que es necesario complementar la citada disposición legal, en lo concerniente a la suscripción de las pagarés por el Banco Central de Bolivia, que garantizarán el pago de las obligaciones emergentes derivadas del refinanciamiento de la deuda externa con la República Argentina.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
D E C R E T A :
ARTÍCULO ÚNICO.- Complementándose el decreto supremo 19840 de 17 de octubre de 1983, autorízase a los personeros legales del Banco Central de Bolivia, o a quienes ellos designaren, la suscripción de los respectivos pagarés que garanticen el pago de las obligaciones derivadas del refinanciamiento de la deuda externa con la República Argentina.
El señor Ministro de Estado en el despacho de Finanzas, queda encargado de la ejecución y cumplimiento del presente decreto supremo.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los siete días del mes de agosto de mil novecientos ochenta y cuatro años.
FDO. HERNAN SILES ZUAZO, Gustavo Fernandez Saavedra, Federico Alvarez Plata, Manuel Cardenas Mallo, Oscar Bonifaz Gutierrez, Ernesto Aranibar Quiroga, Freddy Justiniano Flores, Alfonso Camacho Peña, Hernardo Poppe Martinez, Javier Torres Goitia, Horst Grebe López, Carlos Carvajal Nava, Quintin Julio Mendoza, Luis Saucedo, Guillermo Capobianco Rivera, Antonio Arnez Camacho, Mario Rueda Peña, Jorge Agreda Valderrama, Miguel Urioste F. de C.