21 DE AGOSTO DE 1984 .- Apruébase un Presupuesto Adiciónal para el Ministerio de Trabajo y Desarrollo Laboral.
DECRETO SUPREMO N° 20430
HERNAN SILES ZUAZO
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que los Institutos Nacional de Cooperativas (INALCO)y de Investigaciones Socio-laborales (INIS),entidades descentralizadas del Ministerio de Trabajo y Desarrollo Laboral, requieren de locales que reunan condiciones mínimas para su normal funcionamiento.
Que a la fecha los términos de los contratos de alquiler han vencido superabundante y no existen posibilidades para renovar los mismos, así como existen inmuebles en alquiler con destino a las referidas entidades.
Que el Ministerio de Trabajo y Desarrolle Laboral solicita un presupuesto adicional a fin de suscribir un contrato anticrético para dotar de oficinas al INALCO e INIS.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
ARTÍCULO ÚNICO.- Apruébase un Presupuesto Adicional para el Ministerio de Trabajo y Desarrollo Laboral, con destino a suscribir un contrato anticrético para dotar de oficinas en la ciudad de La Paz al Instituto Nacional de Cooperativas (INALCO) y al Instituto Nacional de Investigación socio- laborales(INIS por la cantidad de SESENTA MILLONES 00/00 PESOS BOLIVIANOS $b. 60.000.000.oo) con cargo a recursos del Tesoro Nacional.
Los señores Ministros de Estado en los Despachos de Finanzas y Trabajo y Desarrollo Laboral, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente decreto supremo.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los ventiun díad del mes de agosto de mil novecientos ochenta y cuatro años.
FDO. HERNAN SILES ZUAZO, Gustavo Fernandez Saavedra, Federico Alvarez Plata, Manuel Cárdenas Mallo, Oscar Bonifaz Gutierrez, Ernesto Aranibar Quiroga, Freddy Justiniano Flores, Alfonso Camacho Peña, Herrando Poppe Martinez, Javier Torres Goitia, Carlos Carvajal Nava, Horst Grebe López, Quintin J. Mendoza, Luis Saucedo Justiniano, Guillermo Capobianco Rivera, Antonio Arnez Camacho, Mario Rueda Peña, Jorge Agreda Valderrama, Miguel Urioste F. de C.