09 DE NOVIEMBRE DE 1984 .- Autorizase al Sr. Ministro de Finanzas o a la autoridad que él designé para que en representación de la República de Bolivia, firme con el Fondo Internacional de Desarrollo Agrícola el contrato de préstamo, por el equivalente de DEG. 11.350.000.-
DECRETO SUPREMO N° 20594
HERNAN SILES ZUAZO
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
C O N S I D E R A N D O:
Que la promoción y desarrollo de las actividades del sector agropecuario constituye uno de los principales objetivos de la política económica del Gobierno Constitucional.
Que entre el Fondo Internacional de Desarrollo Agrícola y la República de Bolivia se ha negociado y concretado satisfactoriamente le concesión de un préstamo, destinado a financiar el proyecto de Desarrollo Agropecuario Cotagaita-San Juan del Oro.
Que es necesario respaldar la suscripción de ese contrato de préstamo, mediante el instrumento legal correspondiente.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
D E C R E T A:
ARTÍCULO 1.- Se autoriza al señor Ministro de Finanzas o a la autoridad que él designe para que en representación de la República de Bolivia, firme con el Fondo Internacional de Desarrollo Agrícola (FIDA) el contrato de préstamo por el equivalente de once millones trescientos cincuenta mil derechos especiales de giro (11.350.000 DEG.), para el financiamiento del proyecto de Desarrollo Agropecuario Cotagaita-San Juan del Oro, de acuerdo a las condiciones y términos contemplados en dicho contrato.
ARTÍCULO 2.- Se designa a la Corporación Regional de Desarrollo de Potosí (CORDEPO), organismo ejecutor del proyecto y al Banco Agrícola de Bolivia, responsable de la parte A del proyecto (crédito agropecuario).
ARTÍCULO 3.- El aporte local estará a cargo de CORDEPO, con recursos propios, así como el servicio de la deuda. El Banco Agricola de Bolivia atenderá el servicio de la deuda en le parte que le corresponda.
ARTÍCULO 4.- Se autoriza al Ministerio de Finanzas la transferencia de los recursos del préstamo a favor de CORDEPO y el Banco Agrícola de Bolivia en les mismas condiciones y términos iniciales.
El señor Ministro da Estado en el despacho de Finanzas, queda encargado de la ejecución y cumplimiento del presente decreto.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los nueve días del mes de noviembre de mil novecientos ochenta y cuatro años.
FDO. HERNAN SILES ZUAZO, Federico Alvarez Plata, Manuel Cárdenas Mallo, Min. RR.EE. y Culto a.i., Gualberto Mercado Rodríguez, Rene Fernandez Araoz, Hugo Montero Mur, Hernando Poppe, Javier Torres Goitia, Adalberto Kuajara Arandia, Horst Grebe López, Guillermo Moscoso Rivero, Ronanth Zavaleta Mercado, Guillermo Capobianco Rivera, Antonio Arnez Camacho, Mario Rueda Peña, Percy Fernandez Añez, Min. Educación y Cultura a.i, Miguel Urioste F. de C.