09 DE NOVIEMBRE DE 1984 .- A partir del l-X-84, se establece para la empresa Nacional de Televisión, la nueva curva salarial de acuerdo a lo que se detalla.
DECRETO SUPREMO N° 20600
HERNAN SILES ZUAZO
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
C O N S I D E R A N D O:
Que el D.S. No. 20186 de fecha 12 de abril de 1984, establece en su artículo 1o. que, en aplicación del artículo 2o. del D.S. N° 19464 y artículo 4o del D.S. No. 19518 de 15 de marzo y 22 de abril de 1983 respectivamente se procederá a estudiar en toda institución o empresa del sector público, una escala de categorías y consiguiente curva salarial.
Que conforme a los lineamientos estipulados en las normas mencionadas, se hace factible la dictación de la norma legal correspondiente que de vigencia a la nueva curva salarial para la Empresa Nacional de Televisión.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
D E C R E T A:
ARTÍCULO 1.- A partir del l° de octubre de 1984, se establece para la Empresa Nacional de Televisión, la nueva curva salarial de acuerdo el siguiente detalle:
ESCALA SALARIAL “ENTV”
0.- | Gerencia General | 1'100.000.oo
---|---|---
1.- | Gerencia de áreas | 894.000.oo
2.- | Profesional (asesorías) | 856.000.oo
3.- | Jefaturas Departamento Aud. interno. | 818.000.oo
4.- | Jefes de división Contador general | 780.000.oo
5.- | Jefes técnicos (alta-baja frecuencia, proyectos) | 742.000.oo
6.- | Técnicos I, Realizadores, Guionistas, Operador I, Editor I, Sub Contador. | 704.000.oo
7.- | Técnico II, Operador II, Editores II, Escenógrafos, Jefe de personal, jefe de almacenes, Locutor I, Cajero habilitado | 666.000.oo
8.- | Locutor II, Encargado de activos fijos, Coordinador de programas, Promotor comercial, Secretarias Ejecutivas I. | 628.000.oo
9.- | Jefes de continuidad, Tráfico Nal. -Internacional, Sonidistas, Videotecario, maquillaje, Secretaria Ejecutiva II, cardixta. | 590.000.oo
10.- | Jefes de transportes, Dibujantes. auxiliar de caja, Contabilidad. | 552.000.oo
11.- | Encargado de cobranzas, facturador, dactilógrafas, encargado de mantenimiento de equipos, adquisiciones, ayudante promotor | 514.000.oo
12.- | Asistentes (iluminación, cámaras, sonido),
Choferes Tramitadores, Operadores Repetidoras. | 476.000.oo
13.- | Auxiliar de Oficina, Vigilantes | 438.000.oo
14.- | Mensajeros, Porteros, Personal de servicio | 400.000.oo
El señor Ministro de Trabajo y Desarrollo Laboral, queda encargado de la ejecución y cumplimiento del presente decreto supremo.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los nueve días del mes de noviembre de mil novecientos ochenta y cuatro años.
FDO. HERNAN SILES ZUAZO, Federico Alvarez Plata, Manuel Cárdenas Mallo, Gualberto Mercado, Min. RR.EE. y Culto a.i., Rene Fernandez Araoz, Hugo Montero Mur, Hernando Poppe Martinez, Javier Torres Goitia, Adalberto Kuajara Arandia, Guillermo Moscoso Rivero, Ronanth Zavaleta Mercado, Guillermo Capobianco Rivera, Antonio Arnez Camacho, Mario Rueda Peña, Percy Fernandez Añez, Miguel Urioste F. de C., Min. Educación y Cultura a.i., Horst Grebe López.