21 DE DICIEMBRE DE 1984 .- Autorizase al Bco. Central de Bolivia, conceder a la fábrica de Fósforos S.A.M. un crédito de emergencia por el monto de $b. 500.000.000.- para el pago de sueldos, salarios y aguinaldos de 1984.
DECRETO SUPREMO Nº 20656
HERNAN SILES ZUAZO
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que la Fábrica Nacional de Fósforos S.A.M. se encuentra en crítica situación de iliquidéz para hacer frente al pago de sueldos, salarios y aguinaldos de Navidad.
Que siendo una Empresa Mixta Asociada con el Estado, se hace necesario atenuar su grave desfase financiero atendiendo a la política de incentivación productiva en que se halla empeñado el Gobierno Nacional.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
D E C R E T A:
ARTÍCULO l.- Autorízase al Banco Central de Bolivia, conceder a la Fábrica de Fósforos S.A.M. un crédito de emergencia consistente en la suma de $b. 500'000.000 (QUINIENTOS MILLONES 00/100 PESOS BOLIVIANOS), para el pago de Sueldos, Salarios y Aguinaldos de Navidad de 1984 a los Empleados y Trabajadores de la indicada fábrica.
ARTÍCULO 2.- El Banco Central de Bolivia concederá este crédito bajo las condiciones que rigen para los créditos de reactivación productiva y de acuerdo a los requisitos y normas bancarias.
Los señores Ministros de Estado en los Despachos de Finanzas é Industria y Comercio, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veintiun días del mes de diciembre de mil novecientos ochenta y cuatro años.
FDO. HERNAN SILES ZUAZO, Gustavo Fernández Saavedra, Federico Alvarez Plata, Manuel Cárdenas Mallo, Gualberto Mercado Rodríguez, René Fernández Araoz, Hugo Montero Mur, Hernando Poppe Martínez, Javier Torres Goitia, Jorge Medina, Ronanth Zavaleta Mercado, Guillermo Moscoso Riveros, Min. Minería y Metalurgia a.i., Antonio Arnez Camacho, Mario Rueda Peña, Percy Fernández Añez.