01 DE ABRIL DE 1985 .- Disponese la creación y funcionamiento de la Escuela Normal Superior Urbana "Eduardo Avaroa" en la ciudad de Potosí.
DECRETO SUPREMO N° 20747
HERNAN SILES ZUAZO
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
C O N S I D E R A N D O :
Que de conformidad con el artículo 177 de la Constitución Política del Estado, la Educación constituye la más alta función del Estado y en ejercicio de ésta, el Supremo Gobierno deberá fomentar la cultura del pueblo.
Que en igual forma y de acuerdo con el ARt. 160 del Código de la Educación Boliviana, corresponde al Supremo Gobierno, mediante el Ministerio de Educación y Cultura, adoptar las medidas para profundisar la formación integral del hombre boliviano ofreciéndole una profesión útil y de servicio según los lineamientos generales determinados par la Educación del Nivel Superior.
Que ante la difícil situación económica por la que atraviesa el país y sus diferentes regiones, se hace necesario acometer decididamente la formación de recursos humanos calificados, que con su aporte profesional cooperen a un desarrollo más acelerado de la Nación, en base a los urgentes requerimientos departamentales y regionales elevados al Gobierno Constitucional de la República.
Que en este marco de acción, los corrientes representativas del Departamento de Potosí, han elevado al Supremo Gobierno toda la documentación relacionada con la creación y funcionamiento de la Escuela Normal Superior Urbana, dirigida a la formación de recursos humanos para la Educación que posibilite la realización de otros programas vinculados con la formación de otros recursos humanos para el desarrollo departamental y regional, demanda que no puede ser desatendida por tratarse de uno de los departamentos que desde hace muchos años se ha constituído en el firme puntal de la economía boliviana.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
D E C R E T A:
ARTÍCULO 1.- Dispónese a partir de la gestión de 1985, la creación y funcionamiento de la ESCUELA NORMAL SUPERIOR URBANA "EDUARDO AVAROA", en la ciudad de Potosí.
ARTÍCULO 2.- El Ministerio de Finanzas consignará en la gestión económica financiera de 1985, la correspondiente partida presupuestaria para el funcionamiento de la mencionada Escuela Normal Superior, con cargo al presupuesto del Servicio de Educación.
ARTÍCULO 3.- La Escuela Normal Superior Urbana "Eduardo Avaroa" dependerá del Ministerio de Educación y Cultura, mediante la Jefatura Nacional de Educación Superior No Universitaria, y pasará a formar parte integrante del Sistema Nacional de Educación Normal, Urbana del país, debiendo sujetarse en su estructura académica, administrativa y funcionamiento a las leyes y reglamentos vigentes para esta área de la Educación.
Los señores Ministros de Estado en sus respectivos Despachos, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, al primer día del mes de abril de mil novecientos ochenta y cinco años.
FDO. HERNAN SILES ZUAZO, Edgar Camacho O., Federico Alvarez P., Manuel Cárdenas M., Francisco Belmonte C., Freddy Justiniano F., Hugo Montero M., Cesar Chávez T., Hernando Poppe M., Javier Torres G., Gabriel Porcel S., Luis Pommier G., Guillermo Moscoso R., Ronanth Zavaleta M., Emilio Ascarrunz P., Antonio Arnés C., Mario Rueda P., Percy Férnandez A.