25 DE ABRIL DE 1985 .- Amplíase loa plazos establecidos en los decretos leyes 11154 (modificado) y 13525, solo para la presentación de balances.
DECRETO SUPREMO N° 20776
HERNAN SILES ZUAZO
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
C O N S I D E R A N D O :
Que las empresas sujetas al régimen del impuesto sobre utilidades están obligadas a la presentación anual de la respectiva declaración jurada y pago de gravamen, hasta el 31 de marzo, y las firmas obligadas al dictamen de auditoria externa, hasta el 30 de abril de cada año, en cumplimiento de los decretos leyes 11154 (modificado) y 13525 de 29 de abril de 1976;
Que es imprescindible, por el proceso inflacionario, introducir ajustes que corrijan las distorsiones que afectan a los estados financieros correspondientes a la gestión 1984, no hallándose las empresas en condiciones de concluir la elaboración de sus balances ni hacer su presentación en los plazoa legales previstos, debido también a los problemas de carácter social que el país ha soportado
Que es necesario, por los factores de fuerza mayor señalados, ampliar equitativamente los plazos de presentación de balances de la gestión 1984.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
D E C R E T A:
ARTÍCULO 1.- Amplíase los plazos establecidos en los decretos leyes 11154 (modificado) y 13525 de 29 de abril de 1976, sólo para la presentación de balances de la gestión 1984, en los siguientes términos:
Empresas sin dictamen de auditoría extena, hasta el 30 de abril de 1985.
Empresas con dictamen de auditoría, hasta el 31 de mayo de 1985.
ARTÍCULO 2.- Las Empresas que hubieran presentado a la fecha sus balances de la gestión 1984, deben complementalas con la información adicional requerida, sobre los ajustes contables por efectos del proceso inflacionario.
El señor Ministro de Estado, en el Despacho de Finanzas, queda encargado de la ejecución y cumplimiento del presente decreto supremo
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veinticinco días del mes de abril de mil novecientos ochenta y cinco años.
FDO. HERNAN SILES ZUAZO, Edgar Camacho O., Federico Alvarez P., Manuel Cárdenas M., Francisco Belmonte C., Freddy Justiniano F., Hugo Montero M., Cesar Chavez T., Hernando Poppe M., Javier Torres G., Gabriel Porcel S., Luis Pommier G., Guillermo Capobiance R., Ronanth Zavaleta M., Emilio Ascarrunz P., Antonio Arnez C., Mario Rueda P., Percy Férnandez A.