Decreto Supremo N° 20820
21 DE MAYO DE 1985 .- Autirizase la ejecución del Sistema de Comunicaciones del sudeste del pais que comprende las localidades de Camiri, Yacuiba, Villamontes y Bermejo.
DECRETO SUPREMO N° 20820
HERNAN SILES ZUAZO
PRESIDENTE COSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
C O N S I D E R A N D O:
Que la Empresa Naciona de Telecomunicaciones ENTEL tiene como objetivos fundamentales la explotación, modernización y expansión de los servicios y sistemas de Telecomunicaciones urbanos, interurbanos e internacionales en el ámbito de la nación.
Que constituye de imperiosa necesidad la instalación y funcionamiento del Servicio de Comunicaciones, con los distritos del Sudeste del país, que comprende las localidades de Camiri, Yacuiba, Villamontes y Bermejo cuya vertebración económica social se hace impostergable.
Que la Compañía ATET de los Estados Unidos de América donó a ENTEL-BOLIVIA una partida de equipos de transmisión, siendo necesario la adquisición de equipos complementarios.
Que la Empresa Nacional de Telecomunicaciones de la República Argentina (ENTEL-ARGENTINA) mantiene una deuda atrasada desde el año 1983 con ENTEL-BOLIVIA por concepto de participaciones de Tráfico Internacional, parte de cuyos recursos corresponde destinar a la implementación del referido sistema.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
D E C R E T A:
Autorízase la ejecución del Sistema de Comunicaciones al Sudeste del país que comprende las localidades de Camiri, Yacuiba, Villamontes y Bermejo.
"para la ejecución del Sistema de Comunicaciones del Sudeste de la República, autorízase a la Empresa Nacional de Telecomunicaciones aceptar como parte de pago con cargo a la deuda de ENTEL - ARGENTINA por concepto de participaciones del servicio de tráfico internacional, la provisión de equipos y materiales nuevos en forma directa, de acuerdo a especificaciones directas de ENTEL - BOLIVIA, destinados a la implementación del servicio de telecomunicaciones para el Sudeste del país por un monto de $us. 950.000 (NOVECIENTOS CINCUENTA MIL 00/100 DOLARES AMERICANOS).