24 DE MAYO DE 1985 .- Se autoriza al señor Ministro de Planeamiento y Coordinación para que en representación de la República firme el convenio constitutivo de la Coporación Interamericana.
DECRETO SUPREMO N° 20835
HERNAN SILES ZUAZO
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
C O N S I D E R A N D O:
Que por Ley de la República de treinta de abril de mil novecientos ochenta y cinco, de conformidad con la atribución 12 del Artículo 59 de la Consitución Política del Estado apruébase el Convenio Constitutivo de la Corporación Interamericana de Inversiones, abierta en el Banco Interamericano de Desarrollo el 19 de noviembre de 1984, a la firma de los países miembros de dicho Banco signatario del Acta Final de las Negociaciones para la creación de la Corporación Interamericana de Inversiones, suscrita en Roma, Italia el 4 de noviembre de 1984.
Que el 4 de noviembre de 1984 se suscribió por parte de 24 países miembros del Banco Interamericano de Desarrollo, incluyendo Bolivia, en Roma Italia, el acta Final de las negociaciones para la creación de la Corporación Interamericana de Inversiones y que desde esa fecha firmaron dicha Acta Final 10 países adicionales.
Que el 19 de noviembre de 1984 quedó abierta a la firma de los países signatarios del Acta Final el Convenio Constitutivo de la Corporación Interamericana de Inversiones con un capital pagado de $us. 200.000.000.- (DOSCIENTOS MILLONES 00/100 DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA) dividido en 20.000 acciones de $us. 10.000.- (DIEZ MIL 00/100 DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA) cada una, de las cuales corresponden a Bolivia 187 acciones por un total de $us. 1.870.000.- (UN MILLON OCHOCIENTOS SETENTA MIL 00/100 DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA).
Que la Asamblea de Gobernadores del Banco Interamericano de Desarrollo, en su XXV Reunión realizada en Punta del Este, Uruguay en marzo de 1984, mediante Resolución realizada en Punta del Este, Uruguay en marzo de 1984, mediante Resolución AG-5/84 autorizó al Presidente del Banco para someter el Convenio Consitutivo de la Corporación mencionada a la firma y aceptación de los países signatarios del Acta Final señalada anteriormente.
Que la Corporación tendrá por objeto promover el desarrollo económico de sus países miembros regionales en proceso de desarrollo, mediante el estímulo al establecimiento, ampliación y reorganización de empresas privadas, prioritariamente de pequeña y mediana escala y de las empresas con participación parcial Gobierno y otras entidades públicas, cuyas actividades fortalecen a los sectores privados de la economía.
Que dadas las ventajas que ofrece ese Organismo Finaciero Internacional, conviene a los intereses nacionales de la República de Bolivia, se constituya como miembro de la Corporación.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
D E C R E T A:
ARTÍCULO 1.- Se autoriza al señor Ministro de Planeamiento y Coordinación Lic. Freddy Justiniano Flores, para que en representación de la República firme el Convenio Constitutivo de la Corporación Interamericana de Inversiones y deposite el instrumento de ratificación en el Banco Interamericano de Desarrollo.
ARTÍCULO 2.- Se autoriza al Banco Central de Bolivia en calidad de Agente Financiero de la República, dar cumplimiento al pago de 187 acciones con un valor nominal de $us. 10.000.- cada una (DIEZ MIL 00/100 DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA) y con un monto total de $us. 1.870.000 (UN MILLON OCHOCIENTOS SESENTA DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA) en las condiciones establecidas en dicho Convenio y con cargo a sus recursos propios.
ARTÍCULO 3.- Paro los fines del Artículo X, Sección 3 del Convenio, desígnase al Banco Central de Bolivia como órgano de enlace con la Corporación Interamericana de Inversiones.
Los señores Ministros de Estado en sus respectivos Despachos quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veinticuatro días del mes de mayo de mil novecientos ochenta y cinco años.
FDO. HERNAN SILES ZUAZO, Edgar Camacho O., Gustavo Sánchez S., Elías Gutiérrez A., Francisco Belmonte C., Freddy Justiniano F., Oscar Farfán M., Hernando Poppe M., Emilio Ascarrunz P., Javier Torres G., Min. Educación a.i., Gabriel Porcel S., Guillermo Moscoso R., Adhemar Velarde O., Min. Minería y metalurgia a. i., Percy Camacho F., Percy Fernandez A.