01 DE AGOSTO DE 1985 .- Apruébase la adjudicación efectuada por la H. Junta de Licitaciones de la Corporación Boliviana de Fomento en favor de la firma INTERNATIONAL MACHINARY CO. por la provisión de una Pala Cargadora.
DECRETO SUPREMO Nº 21022
HERNAN SILES ZUAZO
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
C O N S I D E R A N D O :
Que mediante la Licitación Pública No 2/84, la Corporación Boliviana de Fomento, convocó a las firmas nacionales y/o extranjeras legalmente acreditadas en el país, a la presentación de propuestas para la provisión de una PALA CARGADORA, con destino al Ingenio Azucarero de Guabirá, en cuyo plazo hábil se recibieron las ofertes de las firmas: INTERNATIONAL MACHINERY CO. (Bolivia) S.A., CIBO S.A. y TOYOTA BOLIVIANA LTDA, respectivamente.
Que la H. Junta de Licitaciones de la Corporación Boliviana de Fomento, en su reunión realizada en fecha 5 de junio de 1984 y luego de considerar y aprobar el informe elaborado por la Comisión Calificadora, resolvió adjudicar la Licitación No 2/84, en favor de la firma INTERNATIONAL MACHINERY CO. (Bolivia) S.A. “INTERMACO S.A.”, por así convenir a los intereses de la entidad.
Que habiéndose cumplido con las determinaciones del D.L. No 15223 de 30 de diciembre de 1977 Ley de Adquisiciones del Sector Público, corresponde aprobar la adjudicación efectuada de conformidad al D.S. No 20360 de 26 de julio de 1984, mediante la norma legal pertinente.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
D E C R E T A:
ARTÍCULO 1.- Apruébase la adjudicación efectuada por la H. Junta de Licitaciones de la Corporación Boliviana de Fomento, relativa al a licitación No 2/84, en favor de la firma INTERNATIONAL MACHINARY CO. (Bolivia). S.A. “INTERMACO S.A.”, para la provisión de una PALA CARGADORA con cargador frontal brasilero, incluyendo accesorios Baldeson (hoja tapadora y horquilla montagarga de acople rápido) de origen norteamericano, con destino al Ingenio Azucarero de Guabirá.
ARTÍCULO 2.- Autorízase a la Corporación Boliviana de Fomento a suscribir el respectivo contrato con la firma adjudicataria INTERNATIONAL MACHINERY CO. (Bolivia) S.A. INTERMACO S.A. por el monto de Sus. 67.305.- (SESENTA Y SIETE MIL TRECIENTOS CINCO 00/100 DOLARES AMERICANOS) precio CIF Aduana Santa Cruz, que serán pagados mediante Carta de Crédito confirmada e irrevocable, abierta en favor del proveedor, con intervención delFiscal de Gobierno y refrendada de la Contraloría General de la República.
Los señores Ministros de Estado en los Despachos de Industria, Comercio y Turismo y de Finanzas, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, el primer día del mes de agosto de mil novecientos ochenta y cinco años.
FDO. HERNAN SILES ZUAZO , Gustavo Sánchez Salazar Min. RR. EE. y Culto a.i. Elías Gutiérrez A., Freddy Justiniano F.,César Chávez T.,Javier Torrez G., Luis Pommier G., Adhemar Velarde O., Oscar Villa U., Percy Fernandez A., Francisco Belmonte C., Oscar Farfan M., Hernando Poppe M., Gabriel Porcel S., Guillermo Moscoso R., Emilio Ascarrunz P., Percy Camacho F.