24 DE AGOSTO DE 1985 .- Derogase loa Arts.8 y 13 del D.S. Nº 20907, referente a la comercialización de azúcar.
DECRETO SUPREMO Nº 21053
VICTOR PAZ ESTENSSORO
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
C O N S I D E R A N D O:
Que las actividades productivas del país deben estar orientadas y encuadrarse al nuevo modelo económico que el Gobierno Constitucional aplicará.
Que es necesario modificar las políticas del sector agroindustrial azucarero para la zafra 1985, establecidas mediante decreto supremo 20907 de 8 de Julio e 1985, en los aspectos de financiamiento, precios y comercialización; haciéndose necesario introducir las respectivas correcciones al citado decreto, en función a los nuevos lineamientos establecidos por el Supremo Gobierno.
Que es imperioso, en las actuales circunstancias, controlar las presiones inflacionarias de las normas acordadas para el sector mencionado y que exceden a las posibilidades financieras del Estado.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
D E C R E T A:
ARTÍCULO 1.- Derógase los artículos octavo y décimo tercero del decreto supremo 20907 de 8 de Julio de 1985.
ARTÍCULO 2.- A partir de la fecha en tanto el Supremo Gobierno defina la nueva política azucarera, los ingenios azucareros privados La Bélgica, San Aurelio y UNAGRO podrán comercializar por sus propios canales su producción de azucar destinada al mercado interno y no vendida al Ministerio de Industria, Comercio y Turismo, con la obligación de enviar partes semanales de ventas y existencias al indicado Ministerio.
ARTÍCULO 3.- Se deroga todas las disposiciones legales contrarias al presente decreto supremo.
Los señores Ministros de Estado en los despachos de Industria, Comercio y Turismo y Finanzas, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente decreto.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veinticuatro días del mes de agosto de mil novecientos ochenta y cinco años.
FDO. VICTOR PAZ ESTENSSORO, Gastón Araoz Levy, Federíco Kaune Arteaga, Fernando Valle Quevedo, Roberto Gisbert, Guillermo Bedregal Gutierrez, Douglas Ascarrunz, Enrique Ipiña Melgar, Min. Asuntos Campesinos y A. a.i., Nestor Dalenz, Hugo Rodríguez Serrano, Walter Costas Badani, Sinforoso Cabrera, Orlando Donoso, Carlos Alcides, Antonio Tovar Piérola, Reynaldo Peters Arzabe, Fernando Cáceres, Guillermo Riveros Tejada.