10 DE SEPTIEMBRE DE 1985 .- Se autoriza al Comando Gral. de la Policía en forma excepcional,a efectuar adquisición de Agentes Químicos para el control de disturbios civiles.
DECRETO SUPREMO Nº 21065
VICTOR PAZ ESTENSSORO
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
C O N S I D E R A N D O:
Que las últimas medidas dictadas por el Gobierno Constitucional, han provocado en algunos sectores contrarios a la recuperación económica nacional, reacciones encaminadas a perturbar la tranquilidad y paz social necesarias para el éxito de las mismas.
Que la Policía Nacional, en cumplimiento de sus específicas funciones, tiene la obligación de garantizar mediante la acción directa de sus efectivos el normal funcionamiento de las actividades públicas y privadas y por ende la seguridad de la población nacional.
Que para el cumplimiento de los fines señalados precedentemente, la Policía Nacional requiere de la dotación de Agentes Químicos, para el equipamiento de sus cuadros, la misma que debe ser permanente y acorde con sus requerimientos.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
D E C R E T A:
ARTÍCULO 1.- Se autoriza al Comanda General de la Policía Nacional, en forma excepcional, a efectuar adquisición de Agentes Químicos para el control de disturbios civiles hasta el monto total de QUINIENTOS MIL 00/100 DOLARES AMERICANOS ($us. 500.000.00) de la Dirección General de Fabricaciones Militares Argentinas, con cargo a la línea de Crédito de Gobierno Argentino.
ARTÍCULO 2.- Autorízase el Banco Central de Bolivia, abrir la Carta de Crédito correspondiente en favor de la Dirección General de Fabricaciones Militares Argentinas.
ARTÍCULO 3.- La adquisición será efectuada con cargo a la Partida No. 437 "OTRA MAQUINARIA Y EQUIPO" del presupuesto de la Policía Nacional asignado para la presente gestión, quedando autorizado el Ministerio de Finanzas a otorgar el presupuesto adicional necesario para cubrir el monto asignado en la presente disposición, con cargo al Tesoro General de la Nación.
Los señores Ministros de Estado en los Despachos del Interior, Migración y Justicia y de Finanzas, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los diez días del mes de septiembre de mil novecientos ochenta y cinco años.
FDO. VICTOR PAZ ESTENSSORO, Gastón Araoz Levy, Fernando Barthelemy Martínez, Fernando Valle, Roberto Gisbert Bermúdez, Guillermo Bedregal, Douglas Ascarrunz Eduardo, Enrique Ipiña Melgar, Néstor Dalenz Mejía, Hugo Rodríguez Serrano, Walter Costas Badani, Sinforoso Cabrera Romero, Mauricio Mamani Pocoaca, Orlando Donoso, Carlos Alcides Aliaga, Antonio Tovar Piérola, Reynaldo Peters Arzabe, Fernando Cáceres Díaz, Guillermo Riveros Tejada.