26 DE MARZO DE 1986 .- Apruébase en todos sus términos y alcances el estatuto de la Financiera de Desarrollo de Santa Cruz -S.A.M.
DECRETO SUPREMO N° 21197
VICTOR PAZ ESTENSSORO
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
C O N S I D E R A N D O:
Que por Decreto Supremo 20856 de 5 de junio de 1985, se autoriza la organización y establecimiento de Financieras de Desarrollo Regional, con el status de Sociedades Anónimas de Economía Mixta.
Que mediante D.S. 24078 de 23 de septiembre de 1985, se autoriza la participación accionaria de la Corporación Regional de Desarrollo de Santa Cruz con el 60% del capital autorizado de la finanziera Regional, asimismo homologa el convenio de constitución, escritura de constitución de sociedad, su protocolización en la Notaría de hacienda y registro en la Dirección de Sociedad por Acciones.
Que el artículo cuarto del D.S. 24078, determina que FINDESA S.A.M. presentará al Ministerio de Planeamiento y Coordinación sus estatutos para su revisión y aprobación por el Poder Ejecutivo.
Que de la revisión del estatuto de FIDENSA S.A.M. se evidencia que el mismo guarda relación con disposiciones legales en vigencia, mereciendo su aprobación.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
D E C R E T A:
ARTÍCULO 1.- Apruébase en todos sus términos y alcances el estatuto de la Financiera de Desarrollo de Santa Cruz S.A. M. (FINDESA S.A.M.) en sus IX Títulos y 68 Artículos de que consta de acuerdo al texto de su tenor.
ARTÍCULO 2.- La Dirección de Registro de Comercio y Sociedades por Acciones del Ministerio de Industria, Comercio y Turismo efectuará la inscripción de FINDESA S.A.M. como Sociedad de Economía Mixta.
ARTÍCULO 3.- El Banco Central de Bolivia otorgará la autorización correspondiente para el funcionamiento de la Financiera de Desarrollo de Santa Cruz, conforme a ley.
Los señores Ministros de Estado en sus respectivos Despachos quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La paz, a los veintiseis días del mes de marzo de mil novecientos ochenta y seis años.
FDD. VICTOR PAZ ESTENSSORO, Guillermo Bedregal Gutierrez, Fernando Barthelemy Martínez, Fernando Valle Quevedo, Juan L. Careaga, Gonzalo Sanchez de Lozada, Enrique Ipiña Melgar, Andrés Petricevíc R., Roberto Gisbert Bermúdez, Wálter Ríos Gamboa, Carlos Pérez Guzmán, Jaime Villalobos, Edil Sandoval Morón, Carlos Morales Landivar, Franklin Anaya V., Antonio Tovar Píérola, Juan Carlos Durán Saucedo, Hernán Antelo L.,Fernando Cáceres Díaz.