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Decreto SupremoN° 21269 Vigente

Decreto Supremo N° 21269

Presidencia del Estado Plurinacional
23 de mayo de 1986

23 DE MAYO DE 1986 .- Autorizase a la Empresa Nacional de Ferrocarriles y la Comisión Mixta Bol iviana Argentina efectuar compras directas de bienes y servicios hasta el monto en moneda nacional equivalente a $us. 20.000.-

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40 años

DECRETO SUPREMO Nº 21269

VICTOR PAZ ESTENSSORO PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA

REPÚBLICA

C O N S I D E R A N D O:

Que mediante D.S. Nº 20857 de 5 de junio de 1985, se han modificado los montos autorizados para las compras directas de bienes y servicios y adjudicación de obras por las entidades del Sector Público.

Que en consecuencia del proceso inflacionario, los montos señalados en dicha disposición legal han quedado totalmente desactualizados y resultan insuficientes para el desenvolvimiento de las empresas del Estado.

Que entre las empresas descentralizadas, la Empresa Nacional de Ferrocarriles ENFE, se halla en etapa de reorganización para el fortalecimiento de su economía y mejor servicio, a cuyo efecto requiere con urgencia la provisión de repuestos y materiales para locomotoras, ferrobuses, vagones y otros:

Que el Estado tiene la obligación de lograr el mejoramiento de los servicios públicos, especialmente del transporte, por lo que se hace necesario elevar los montos de acuerdo con la realidad económica.

EN CONSEJO DE MINISTROS,

D E C R E T A:

Artículo ÚNICO

Mientras se dicte una disposición legal que modifique los montos para la compra de bienes y servicios para las entidades del SEctor Público, se autoriza a la Empresa Nacional de Ferrocarriles ENFE y la Comisión Mixta Boliviana Argentina, efectuar compras directas de bienes y servicios hasta el monto en moneda nacional equivalente a $us. 20.000.oo (VEINTE MIL 00/100 DOLARES AMERICANOS) cuyos trámites estarán sujetos a lo dispuesto en el Art. 3º de la Ley de Adquisiciones del Sector Público.

Los señores Ministros de Estado en los DEspachos de Finanzas y de Transportes y Comunicaciones quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo.

Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veintitres días del mes de mayo de mil novecientos ochenta y seis años.

FDO. VICTOR PAZ ESTENSSORO, Guillermo Bedregal G., Fernando Barthelemy M., Fernando Valle Q., Juan L. Cariaga O., Gonzalo Sánchez de Lozada, Enrique Ipiña M., Andres Petricevíc R., Min. Energía e Hidrocarburos a.i., Roberto Gisbert B., Walter Ríos G., Carlos Pérez G., Jaime Villalobos S., Edil Sandoval M., Franklin Anaya V., Juan Carlos Durán Saucedo, Hermánn Antelo L., Ana Maria Solares, Min. de Integración a.i., Antonio Tovar P.

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