23 DE MAYO DE 1986 .- Autorizase al Min. de Energía e Hidrocarburos gestionar ante el Cobierno del Japón el financiamiento del estudio de diseño final y ejecución del Proyecto hidroeléctrico río Azero.
DECRETO SUPREMO Nº 21276
VICTOR PAZ ESTENSSORO
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA
REPÚBLICA
C O N S I D E R A N D O:
Que es propósito del Supremo Gobierno implementar la instalación de centrales hidroeléctricas (PCH), aprovechando los recursos hídricos técnica y económicamente utilizables, para la dotación de energía eléctrica a las poblaciones rurales del país.
Que estudios preliminares realizados por la Empresa Nacionales de Electricidad S.A. (ENDE) y por La Corporación Regional de Desarrollo de Chuquisaca CORDECH, señalan la posibilidad de instalar en el río Azero, próximo a la localidad de Monteagudo, una central hidroeléctrica con una potencia de 1.000 a 1.500 KW, como parte integrante del sistema de generación para el sector.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
D E C R E T A:
ARTÍCULO ÚNICO.- Autorízase al Ministerio de Energía e Hidrocarburos gestionar ante el Gobierno del Japón el financiamiento del estudio de diseño final y ejecución del proyecto hidroeléctrico río Azero.
Los señores Ministros de Estado en sus respectivos despachos quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente decreto supremo.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veintitres días del mes de mayo de mil novecientos ochenta y seis años.
FDO. VICTOR PAZ ESTENSSORO, Guillermo Bedregal G., Fernando Barthelemy M., Fernando Valle Q., Juan L. Cariaga O., Gonzalo Sánchez de Lozada, Enrique Ipiña M., Andrés Petricevíc R., Min. Energía e Hidrocarburos a.i., Roberto Gisbert B., Walter Ríos G., Carlos Pérez G., Jaime Villalobos S., Edil Sandoval M., Franklin Anaya V., Juan Carlos Durán Saucedo, Hermánn Antelo L., Ana María Solares, Min. Integración a.i., Antonio Tovar P.