03 DE JULIO DE 1986 .- Apruébase las adjudicaciones realizadas por la Junta de Licitaciones del Min. de Asuntos Campesinos y Agropecuarios, para la provisión de equipos maquinaria agrícola y otros, a que se refieren las Actas de 15 de abril y 26 de mayo de 1986, dentro del Programa de incremento de alimentos en los valles y áreas del altiplano, concedido por el Gobierno del Japón.
DECRETO SUPREMO Nº 21317
VICTOR PAZ ESTENSSORO
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA
REPÚBLICA
C O N S I D E R A N D O :
Que mediante canje de notas verbales, fechadas en 11 de septiembre de 1985, el Ministro de Relaciones Exteriores y el Embajador del Japón, convienen confirmar el acuerdo suscrito entre los dos Gobiernos, relativo a la cooperación japonesa, dentro del programa de incremento de alimentos en los valles y áreas del Altiplano, con una donación no reembolsable de SETECIENTOS MILLONES DE YENES, donación que se haría efectiva para utilización exclusiva, por el Gobierno de Bolivia, para la adquisición de productos japoneses y pago de servicios, consistentes en fertilizantes, maquinaria agrícola, vehículos e insecticidas y gastos de transporte.
Que el Gobierno de Bolivia por intermedio del Ministerio de Asuntos Campesinos y Agropecuarios, convocó a licitación pública, de acuerdo con el Decreto Supremo 15223 de 30 de diciembre de 1977, procediéndose a la calificación de propuestas presentadas por varias empresas japonesas con residencia en Bolivia, procediéndose a la adjudicación de los diversos ítems por la Junta de Licitaciones.
Que las firmas favorecidas con la aprobación de la Junta de Licitaciones del Ministerio de Asuntos Campesinos y Agropecuarios, en fecha 4 de abril de 1986, fueron la firma MITSUBISHI CORPORATION en los ítems 8a, 8b y 10 y TOYOTA BOLIVIANA LTDA. con los ítems 9a y 9b, quedando desiertos los demás.
Que para llenar los ítems declarados desiertos, el Ministerio de Asuntos Campesinos y Agropecuarios cursó invitaciones a firmas japonesas, presentándose MARUBENI CORPORATION a quien se le adjudicó los ítems la, lb, 2, 3, 4, 5, 6 y 7 para la provisión de pesticidas, equipos y maquinaria agrícola, siendo aprobada por la Junta de Licitaciones de MACA en 15 de abril de 1986 y a la firma CIBOLI LTDA. el ítem 11.
Que en cumplimiento al Convenio suscrito con el Gobierno del Japón la Agencia de Cooperación Internacional del Japón-JICA mediante nota de 14 de mayo de 1986, aprobó la Licitación de la Novena Donación Agrícola, pero que existiendo remanentes la Comisión Calificadora procedió a su redistribución, incrementando algunos productos en los diferentes ítems, quedando las adjudicaciones definitivas con los siguientes montos:
CIBOLI LTDA. Yens 5.204.100
TOYOTA BOLIVIANA LTDA. Yens 26.215.000
MITSUBISHI CORPORATION Yens 102.270.000
MARUBENI CORPORATION Yens 566.310.000
EN CONSEJO DE MINISTROS,
D E C R E T A:
ARTÍCULO 1.- Apruébase las adjudicaciones realizadas por la Junta de Licitaciones del Ministerio de Asuntos Campesinos y Agropecuarios, para la provisión de equipos, maquinaria agrícola, fertilizantes, pesticidas y herbicidas y vehículos, a que se refieren las Actas de 15 de abril y 26 de mayo de 1986, dentro del Programa de incremtno de alimentos en los valles y áreas del altiplano, con cargo al crédito no reembolsable concedido por el Gobierno del Japón por SETECIENTOS MILLONES DE YENES (Y 700.000.000) Donación Novena JICA-TOKYO, cuyo detalle es el siguiente:
Item | FIRMA ADJUDICATARIA | DESCRIPCION | CANTIDAD | VALOR TOTAL YENES
---|---|---|---|---
la) | Marubeni Corporation | Fertilizante Fosfato de amonio 18-46-0, de 50 Kgs. destino CIF - La paz. | 1.057 TM | 111.957.440
Idem. | Incremento | 343 TM | 36.330.560
Idem | Destino CIF Cochabamba | 900 TM | 103.869.000
Idem | Destino CIF Potosí | 800 TM | 91.672.000
Idem. | Destino CIF Sucre | 400 TM | 48.144.000
Lb) | Marubeni Corporation | Fertilizante Urea 46% N. de 50 Kgs. destino CIF La Paz | 245 TM | 22.133.300
Idem | Destino CIF Cochabamba | 175 TM | 17.472.000
Idem | Destino CIF Potosí | 120 TM | 11.881.200
Idem | Destino CIF Sucre | 60 TM | 6.286.800
2. | Marubeni Corpo- ration | Insecticida, Cartap. 50% PADAN, destino CIF - La Paz | 7.000 Kgs | 21.700.000
3. | Marubeni Corpo- ration | Insect. Diazinón 60% EC. destino CIF La Paz | 4.900 Lts | 8.918.000
4. | Marubeni Corpo- ration | Nematicida, Nemacur 5 % destino CIF La Paz | 4.000 Kgs | 4.400.000
Idem. | Incremento | 337 Kgs | 370.700
5. | Marubeni Corpo- ration | Fungicida Kasumin 2% destino CIF Santa Cruz | 2.000 lts | 3.160.000
6. | Marubeni Corpo- ration | Herbicida Satanil 60% destino CIF Santa Cruz | . 40.000 Lts | 44.600.000
Idem | Incremento | 21.000 Lts | 23.415.000
7. | Marubeni Corpo- ration | Insecticida EPN 45% destino CIF La Paz. | 5.000 Lts | 10.000.000
8a) | Mitsubishi Cor- poration | Pulverizador manual a mochila, destino CIF La Paz | 200 Unid | 2.900.000
Idem. | Incremento | 4 Unid | 58.000
8b) | Mitsubishi Cortion | Motopulverizadores a mochila, destino CIF La Paz | 150 Unid | 64.50.000
9a) | Toyota Boliviana | Motobombas de agua de 3” a gasolina destino CIF La Paz | 100 Unid |
6.610.000
9b) | Toyota Boliviana Ltda. | Motobomba de agua de 4” a gasolina, destino CIF La Paz | 127 Unid | 16.598.900
Idem | Incremento | 23 Unid | 3.000.100
10. | Mitsubishi Corporation | Motocultores de 14 HP con ro- tavator y surcador, destino CIF La Paz | 200 Unid | 73.700.000
11. | Ciboli Ltda. | Camioneta tipo Pick Up 4x4 | 3 Unid | 5.204.100
699.999.100
ARTÍCULO 2.- Se autoriza al Ministerio de Asuntos Campesinos y Agropecuarios y representantes del Banco Agrícola de Bolivia suscribir los contratos respectivos con las firmas adjudicatarias; MARUBENI CORPORATION, MITSUBISHI CORPORATION, TOYOTA BOLIVIANA LTDA. y CIBOL LTDA., con intervención de la Contraloría General de la República y Fiscalía de Gobierno sus montos deberán ser cancelados en Yenes japoneses, de acuerdo Convenio y con cargo a la Donación IX-JICA-TOKIO.
ARTÍCULO 3.- De acuerdo al Convenio suscrito con el Gobierno del Japón en 11 de septiembre de 1985, libérase del pago de derechos aduaneros impuestos internos y otras cargas fiscales que se impongan a los nacionales japoneses en la República de Bolivia, con respecto al suministro de los productos y servicios, bajo contratos legales, motivos de la Donación IX-JICA-TOKYO y art. 47 del decreto supremo 21060 de 29 de agosto de 1985.
Los señores Ministros de Estado en los Despachos de Asuntos Campesinos y Agropecuarios y de Finanzas, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente decreto supremo.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los tres días del mes de julio de mil novecientos ochenta y seis años.
FDO. VICTOR PAZ ESTENSSORO, Guillermo Bedregal G., Min. Planeamiento a.i., Fernando Barthelemy M., Fernando Valle Q, Juan L. Cariaga, Enrique Ipiña M, Andrés Petricevic R., Roberto Gisbert B., Wálter Ríos G., Carlos Pérez G., Jaime Villalobos S., Edil Sandoval M., Carlos Morales L., Frank1in Anaya V., Juan Carlos Durán Saucedo, Hermánn Antelo L., Fernando Cáceres D., Antonio Tovar P.