14 DE JULIO DE 1986 .- Declárase de prioridad nacional, la construcción de la carretera asfaltada La Paz-Cobija. que se instalen en el departamento de Potosí recibirán el trato preferencial que corresponde a las zonas de menor desarrollo, quedando estas liberadas del pago de impuestos a la renta de empresas y a la renta total de personas.
DECRETO SUPREMO Nº 21328
VICTOR PAZ ESTENSSORO
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA
REPÚBLICA
C O N S I D E R A N D O :
Que para lograr la integración de las diferentes regiones del país, se requiere la construcción de carreteras modernas que las vinculen.
Que el proyecto de la carretera La Paz - Cobija a más de cumplir la función de unir a la capital del Departamento más aislada en la actualidad con la sede del Gobierno, tiene la ventaja de abrir zonas con valiosos recursos naturales.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
D E C R E T A:
ARTÍCULO ÚNICO.- Se declara de prioridad nacional, la construcción de la carretera asfaltada La Paz-Cobija, correspondiendo a los Ministros de Planeamiento y Coordinación, de Finanzas y de Transportes y Comunicaciones, gestionar ante organismos internacionales el crédito necesario para efectuar el estudio de factibilidad y diseño final y una, vez logrado estos buscar su financiamiento para la ejecución de la obra.
Los señores Ministros de Estado en los Despachos de Transportes y Comunicaciones, de Planeamiento y Coordinación y de Finanzas, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente decreto supremo.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los catorce días del mes de julio de mil novecientos ochenta y seis años,
FDO. VICTOR PAZ ESTENSSORO, Guillermo Bedregal G., Min. Planeamiento y Coordinación a.i., Fernando Barthelemy M., Fernando Valle Q., Juan L. Cariaga O., Enrique Ipiña M., Andrés Petricevíc R., Min. Energía e Hidrocarburos a.i., Roberto Gisbert B., Wálter Ríos G., Jaime Villalobos S., Carlos Pérez G., Edil Sandoval M., Franklin Anaya V., Juan Carlos Durán Saucedo, Hermánn Antelo L., Fernando Caceres D., Antonio Tovar P.