22 DE JULIO DE 1986 .- Autorízase al Min. de Deferí sa Nacional, la adquisición directa de 77.362 quintales de azúcar de producción nacional del Min. de Industria, Comercio y Turismo.
DECRETO SUPREMO Nº 21353
VICTOR PAZ ESTENSSORO
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA
REPÚBLICA
C O N S I D E R A N D O:
Que el Ministerio de Defensa Nacional, tiene como atribución específica la dotación de viveres a la tropa del Ejército y la Armada Boliviana, para lo que debe adquirirse Setenta y siete mil trescientos sesenta y dos qq de azúcar por la gestión 1986.
Que tratándose de un producto nacional con precio oficial es procedente la compra directa de azúcar del Ministerio de Industria Comercio y Turismo, en aplicación extensiva del Art. 17 de la Ley de Adquisiciones del Sector Público, aprobada mediante Decreto Ley Nº 15223 de 30 de diciembre de 1977.
Que en consecuencia es necesario autorizar la adquisición a precio oficial dictando la disposición legal respectiva.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
D E C R E T A:
ARTÍCULO 1.- Autorízase al Ministerio de Defensa Nacional, la adquisición directa de setenta y siete mil trescientos sesenta y dos qq (77.362 qq.), de azúcar de producto-nacional del Ministerio de Industria, Comercio y Turismo, puestos en el departamento de Santa Cruz, al precio de $b. 22.175.000.-el quintal con destino a la alimentación de la tropa del Ejército y la Armada Boliviana, gestión 1986.
ARTÍCULO 2.- Se autoriza al Tesoro General de la Nación para que la suma de UN BILLON SETECIENTOS QUINCE MIL QUINIENTOS DOS MILLONES TRESCIENTOS CINCUENTA MIL 00/100 PESOS BOLIVIANOS, $b 1.715.502.350.000 monto total de dicha adquisición sea desembolsado directamente al Ministerio de Industria, Comercio y Turismo y debite al Presupuesto del Ministerio de Defensa Nacional, gestión 1986, con cargo a las siguientes Partidas:
300 MATERIALES Y SUMINISTROS
320 Para Usos Varios
323 Alimentos
Los señores Ministros en los Despachos de Defensa Nacional, de Finanzas y de Industria, Comercio y Turismo, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo.
Es dado en el Palacio de Gobierno da la ciudad de La Paz, a los veintidos días del mes de julio de mil novecientos ochenta y seis años.
FDO. VICTOR PAZ ESTENSSORO, Guillermo Bedregal G., Min. Planeamiento y Coordinación a.i., Fernando Barthelemy M., Fernando Valle O., Juan L. Cariaga O., Enrique Ipiña M., Andrés Petricevíc R., Min. Energía e Hidrocarburos a.i., Roberto Gisbert B., Wálter Ríos G., Jaime Villalobos S., Carlos Pérez G., Edil Sandoval M., Franklin Anaya V., Juan Carlos Durán Saucedo, Hermánn Antelo L., Fernando Cáceres D., Antonio Tovar P.