22 DE JULIO DE 1986 .- Adjudícase en propiedad al Comando Departamental de Policía de Cochabamba, con carácter gratuito, el lote de terreno de 578,90 mt2., ubicado sobre la calle Baptista de Cochabamba.
DECRETO SUPREMO Nº 21354
VICTOR PAZ ESTENSSORO
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA
REPÚBLICA
C O N S I D E R A N D O:
Que el Estado es propietario de un lote de terreno de 578.90 metros cuadrados de superficie, ubicado sobre la calle “Baptista”, acera Este, a media cuadra de la plaza principal de la ciudad de Cochabamba conforme acredita la escritura pública 23, otorgada ante el Notario de Hacienda y Minas del mencionado departamento e inscrita en el Registro de Derechos Reales bajó la partida 251, folio 194 del libro primero de propiedad de la provincia Cercado, Cochabamba, en 1º de septiembre de 1906.
Que el Comando Departamental de Policía de la citada ciudad se encuentra en posesión pacífica, continuada y pública del lote desde hace más de diez anos;
Que la Polícia de Cochabamba ha planificado la construcción de un edificio de seis plantas en el mencionado lote, con el propósito de mejorar la infraestructura de sus servicios a la sociedad, habiendo iniciado ya los trabajos;
Que es política del Supremo Gobierno apoyar obras de esa naturaleza que son verdaderas contribuciones a la superación de los servicios públicos policiales, al margen del erario fiscal.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
D E C R E T A:
ARTÍCULO 1.- Se adjudica en propiedad al Comando Departamental de Policía de Cochabamba, con carácter gratuito, el lote de terreno con 578.90 metros cuadrados de superficie, colindante con sus propios predios, ubicado sobre la calle “Baptista” de Cochabamba, adquirido por el Estado de sus anteriores propietarios los esposos Fidel Antezana y Serafina Lozada de Antezana, sin mención expresa de un destinatario, conforme consta mediante la escritura pública 23, otorgada ante el Notario de Hacienda y Minas de la mencionada ciudad e inscrita en el Registro de Derechos Reales bajo la partida 251, folio 194, libro lº de propiedad de la provincia Cercado, en lº de septiembre de 1.906
ARTÍCULO 2.- Se autoriza al Prefecto del departamento y Fiscal de Distrito de Cochabamba suscribir en representación del Estado la correspondiente escritura pública traslativa de dominio a favor del Comando Departamental de Policía de la indicada ciudad, con refrenda del Contralor Departamental.
Los señores Ministros de Estado, en los despachos de Finanzas e Interior Migración y Justicia, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente decreto supremo.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veintidos días del mes de julio de mil novecientos ochenta y seis años.
FDO. VICTOR PAZ ESTENSSORO, Guillermo Bedregal G., Min. Planeamiento y Coordinación a.i., Fernando Barthelemy M., Fernando Valle Q., Juan L. Cariaga O., Enrique Ipiña M., Andrés Petricevíc R., Min. Energía e Hidrocarburos a.i., Roberto Gisbert B., Wálter Ríos. G., Jaime Villalobos S., Carlos Pérez G., Edil Sandoval M., Franklin Anaya V., Juan Carlos Durán Saucedo, Hermánn Antelo L., Fernando Cáceres D., Antonio Tovar P.