25 DE JULIO DE 1986 .- Autorízase a la Empresa Nacional de Telecomunicaciones, financiar el proyecto de interconexión telefónica de la Cooperativa de Servicios Telefónicos de Tarija COSETT con la Red Nacional de Telecomunicaciones por el monto de $us. 308.071.-
DECRETO SUPREMO Nº 21356
VICTOR PAZ ESTENSSORO
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA
REPÚBLICA
C O N S I D E R A N D O:
Que la COOPERATIVA DE SERVICIOS TELEFONICOS DE TARIJA, COSETT adjudicó la provisión de equipos de interconexión telefónica de su central en la ciudad de Tarija con la Red Nacional de Telecomunicaciones para el discado directo nacional e internacional, en favor de la empresa Standard Electrica S.A. (Madrid - España) por el monto de TRESCIENTOS OCHO MIL SETENTA Y UNO 00/100 DOLARES AMERICANOS ($us. 308.071.-).
Que la Empresa Nacional de Telecomunicaciones con el propósito de facilitar la ampliación de intercomunicación telefónica por discado directo acepta financiar los costos de interconexión de la ciudad de Tarija con la Red Nacional de Telecomunicaciones, estando ENTEL facultada para contraer y otorgar préstamos por decreto supremo Nº 8282 de 28 de febrero de 1968, en su artículo 4º inciso c).
EN CONSEJO DE MINISTROS,
D E C R E T A:
ARTÍCULO 1.- Autorízase a la Empresa Nacional de Telecomunicaciones, ENTEL, financiar el proyecto de interconexión telefónica de la Cooperativa de Servicios Telefónicos de Tarija, COSETT con la Red Nacional de Telecomunicaciones por el monto de TRESCIENTOS OCHO MIL SETENTA Y UNO 00/100 DOLARES AMERICANOS ($us. 308.071), bajo las condiciones estipuladas en el contrato de financiamiento.
ARTÍCULO 2.- Se autoriza al Ministerio de Transportes y Comunicaciones y Gerencia General de la Empresa Nacional de Telecomunicaciones, ENTEL suscribir el contrato de financiamiento con la Cooperativa de Servicios Telefónicos de Tarija, COSETT, de acuerdo con el siguiente detalle:
TRESCIENTOS OCHO MIL SETENTA Y UNO 00/100 DOLARES AMERICANOS (308.071 $us.)
Plazo de pago
Cuarenta y dos (42) meses
Intereses
Diez por ciento (10%) anual sobre saldos deudores.
Total de tarifas de interconexión y cobranzas que paga ENTEL A COSETT
El contrato de financiamiento será suscrito por la Fiscalía de Gobierno y refrenda de la Contraloría General de la República.
Los señores Ministros de Estado en los despachos de Transportes y Comunicaciones y Finanzas, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente decreto supremo.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veinticinco días del mes de julio de mil novecientos ochenta y seis años.
FDO. VICTOR PAZ ESTENSSORO, Guillermo Bedregal G., Fernando Barthelemy M., Luís Fernando Valle Q., Juan L. Cariaga O., Gonzalo Sánchez de Lozada, Roberto Gisbert B., Enrique Ipiña M., Andrés Petricevíc R., Carlos Pérez G., Wálter Ríos G., Jaime Villalobos S., Edil Sandoval M., Carlos Morales L., Franklin Anaya V., Juan Carlos Durán Saucedo, Hermánn Antelo L., Fernando Cáceres D., Antonio Tovar P.