05 DE SEPTIEMBRE DE 1986 .- Apruébase la adjudicación de la provisión de vehículos de trabajo para la Comisión Mixta Ferroviaria Argentino-Boliviana, efectuada por la Junta Especial de Almonedas en favor de los proponentes que se detalla.
DECRETO SUPREMO N° 21384
VICTOR PAZ ESTENSSORO
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA
REPÚBLICA
C O N S I D E R A N D O:
Que la Comisión Mixta Ferroviaria Argentino-Boliviana licitó públicamente, mediante convocatoria 1/86, la provisión de vehículos de trabajo;
Que su Junta Especial de Almonedas, en reunión de 20 de mayo de 1986, abrió las ocho propuestas recibidas en término legal, dándoles el correspondiente trámite;
Que la citada Junta, en reunión de 4 de junio de 1986, aprobó por unanimidad el informe de su comisión calificadora, adjudicando la provisión de los vehículos licitados a los proponentes Toyota Boliviana Ltda., Machinery Autoservice y Combogel Ltda.
Que se ha dado cumplimiento a las disposiciones del decreto supremo 15223 de 30 de diciembre de 1977 sobre compras del sector público y del Reglamento de Adquisiciones de la Comisión Mixta, correspondiendo aprobar las mencionadas adjudicaciones mediante decreto supremo, dado su monto.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
D E C R E T A:
ARTÍCULO l.- Se aprueba la adjudicación de la provisión de vehículos de trabajo para la Comisión Mixta Ferroviaria Argentino Boliviana, efectuada por su Junta Especial de Almonedas en favor de los siguientes proponentes, por los precios y vehículos que se detalle:
TOYOTA BOLIVIANA LTDA.
Item 1 Tres jeeps 4x4 Land Cruiser Hard Top, marca Toyota,
industria japonesa, a $us. 15.200.- la unidad CIF Santa Cruz. $us. 45.600.00
Item 2 Cuatro camionetas 4x4 Land Cruiser pick up marca
“Toyota”, industria japonesa, a $us. 14.900.- la unidad CIF
Santa Cruz. $us. 59.600.00
Item 3 Dos vagonetas 4x4
Land Cruiser, marca “Toyota” industria japonesa, a $us.
17.900 por unidad CIF Santa Cruz. $us. 35.800.00
MACHINERY & AUTOSERVICE
Item 4 Cuatro volquetas 4x4 marca “International”,
industria norteamericana a $us. 53.938.60 la unidad
CIF Santa Cruz. $us. 215.754.40
COMBOGEL LTDA.
Item 6 Un camión marca “Mercedes Benz”
CIF Santa Cruz $us. 37.180.00
Total Adjudicaciones 393.934.40
ARTÍCULO 2.- La Comisión Mixta Ferroviaria Argentino Boliviana pagará con fondos propios las adquisiciones aprobadas.
ARTÍCULO 3.- Se autoriza al Ministerio de Transportes y Comunicaciones y ejecutivos de la Comisión Mixta Ferroviaria Argentino-Boliviana; suscribir los respectivos contratos con los representantes legales de las firmas adjudicatarias, bajo las cláusulas y garantías de ley e intervención del Fiscal de Gobierno y refrenda del Contralor General de la República.
ARTICULO 4.- Tratándose de una entidad binacional, amparada por convenios internacionales, se libera las compras de los vehículos adjudicados del pago de impuestos nacionales, departamentales municipales, universitarios u otros, incluyendo el pago de timbres de transacción en la protocolización de los correspondientes contratos.
Los señores Ministros de Estado en los despachos de Transportes y Comunicaciones y Finanzas quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente decreto supremo.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los cinco días del mes septiembre de mil novecientos ochenta y seis años.
FDO. VICTOR PAZ ESTENSSORO, Guillermo Bedregal G., Fernando Barthelemy M., Fernando Valle Q., Juan Cariaga O., Gonzalo Sanchez de Lozada, Enrique Ipiña M„ Andres Petricevic R., Roberto Gisbert B., Wálter Ríos G., Carlos Pérez G., Jaime Villalobos S., Edil Sandoval M., Carlos Morales L., Franklin Anaya V., Juan Carlos Durán Saucedo, Hermánn Antelo L., Fernando Cáceres D., Antonio Tovar P.