07 DE NOVIEMBRE DE 1986 .- Autorizase a CORDEPO,convocar a Licitación Pública Internacional para el equipamiento y puesta en marcha del Hospital "San Roque" de la localidad de Villazon.
DECRETO SUPREMO Nº 21429
VICTOR PAZ ESTENSSORO
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
C O N S I D E R A N D O:
Que en la localidad de Villazón, Provincia Modesto Omiste del departamento de Potosí se encuentra concluido el Hospital “San Roque”, siendo necesario su equipamiento.
Que siendo la presente una obra de significativa importancia para el Departamento de Potosí y para la Nación toda, es deber del Gobierno Constitucional coadyuvar a la instalación y puesta en marcha del referido nosocomio.
Que para este efecto se debe dictar la norma legal que autorice a convocar a Licitación Pública Internacional.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
D E C R E T A:
ARTÍCULO 1.- Autorízase a la Corporación Regional de Desarrollo de Potosí, CORDEPO, convocar a la Licitación Pública Internacional, para el equipamiento y puesta en marcha del Hospital “San Roque” de la localidad de Villazón, con estricta sujeción al D.L.15223 de 30 de diciembre de 1977.
ARTÍCULO 2.- El pliego de especificaciones tanto técnico, administrativo y jurídico, será puesto a consideración del Ministerio de Planeamiento y Coordinación para su posterior aprobación por CONEPLAN.
ARTÍCULO 3.- El equipamiento del Hospital “San Roque” de Villazón será cancelado por el Tesoro General de la Nación, por cuenta de CORDEPO, con cargo a las regalías mineras devengadas.
ARTÍCULO 4.- En caso de que la empresa favorecida con la adjudicación sea de origen argentino, el equipamiento será cubierto con fondos provenientes de la línea de crédito Boliviano-Argentino y el monto de contraparte con cargo a recursos de CORDEPO.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los siete días del mes de noviembre de mil novecientos ochenta y seis años.
FDO. VICTOR PAZ ESTENSSORO, Guillermo Bedregal G., Fernando Barthelemy M., Fernando Valle Q., Juan L. Cariaga O., Gonzalo Sánchez de Lozada, Enrique Ipiña M., Andrés Petricevic R., Roberto Gisbert B., Wálter Rios G., Carlos Pérez G., Jaime Villalobos S., Edil Sandoval M., Carlos Morales L., Franklin Anaya V., Juan Carlos Durán Saucedo, Hermánn Antelo L., Fernando Cáceres D., Antonio Tovar Piérola.