08 DE DICIEMBRE DE 1986 .- Autorizase a CORDECH, la importación de 147 cabezas de ganado porcino de la firma Alpikoko American LivestocK de ios Estados Unidos (Indiana), por el monto. total de US$. 110.800.-
DECRETO SUPREMO Nº 21464
VICTOR PAZ ESTENSSORO
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
C O N S I D E R A N D O:
Que por carta del Banco Interamericano de Desarrollo (BID) de 4 de julio de 1986, se comunica a la Corporación Regional de Desarrollo de Chuquisaca, la existencia de un saldo de US$. 110.800.- para el Programa 612/SF/BO, con destino a la adquisición de reproductores porcinos, de la firma ALPIKOKO AMERICAN LIVESTOCK DE LOS ESTADOS UNIDOS DE NORTE AMERICA; resolución de directorio No. 893/26/86 de 9 de abril de 1986; acta de calificación de importación de ganado porcino de 27 de enero de 1986 e informe favorable del Ministerio de Planeamiento y Coordinación.
Que la CORPORACION REGIONAL DE DESARROLLO DE CHUQUISACA, ha dado cumplimiento a lo establecido en la Ley General de Adquisiciones del Sector Público y lo estipulado en el Préstamo 612/SF/80, suscrito por el Gobierno de Bolivia y el Banco Interamericano de Desarrollo y Ley de Corporaciones Regionales de Desarrollo.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
D E C R E T A:
ARTÍCULO 1.- Se autoriza a la Corporación Regional de Desarrollo de Chuquisaca, la importación de ciento cuarenta y siete (147) cabezas de ganado porcino de la filma ALPIKOKO AMERICAN LIVESTOCK DE LOS ESTADOS UNIDOS (INDIANA), con destino al Proyecto F.G.P. de Monteagudo, por un monto total de US$. 110.800.- (CIENTO DIEZ MIL OCHOCIENTOS DOLARES AMERICANOS) suma que será cubierta con fondos del Préstamo 612/SF/B0 entre el Gobierno de Bolivia y el Banco interamericano de Desarrollo, según carta de 4 de julio de 1986.
ARTÍCULO 2.- Los gastos de transporte hasta Monteagudo, Bolivia, corren por cuenta de la empresa vendedora, según determina por el acta de calificación de importación de ganado porcino de fecha 27 de enero de 1986.
ARTÍCULO 3.- La Contraloría Departamental de Chuquisaca, verificará: número de cabezas, raza y las cualidades del ganado ofertado que deben tener las características: SPF y TRIPLE A., conforme a la oferta aceptada por el directorio de CORDECH.
Los señores Ministros de Estado en los despachos de Finanzas y Planeamiento y Coordinación quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente decreto supremo.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los ocho días del mes de diciembre de mil novecientos ochenta y seis años.
FDO. VICTOR PAZ ESTENSSORO, Guillermo Bedregal G., Fernando Barthelemy M., Luís F. Valle Q., Fernando Kempff B. Min. Finanzas a. i., Gonzalo Sánchez de Lozada, Roberto Gisbert B. Enrique Ipiña M., Andrés Petricevic R., Carlos Pérez G., Wálter Rios G., Jaime Villalobos S., Edil Sandoval M., Carlos Morales L., Franklin Anaya V., Juan Carlos Durán S., Hermánn Antelo L., Fernando Cáceres D., Antonio Tovar Piérola.