22 DE ABRIL DE 1987 .- Apruébase la adjudicación realizada por la Junta de Adquisiciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, en favor de la Empresa Distribuidora Nissa (Bolivia) por la provisión de 10 furgonetas de carga y 2 jeeps de carro larqo.
DECRETO SUPREMO N° 21581
VICTOR PAZ ESTENSSORO
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que mediante licitación pública 5/86 se convocó a propuestas para la provisión de vehículos de trabajo destinados a la Dirección General de Correos.
Que la Junta de Adquisiciones procedió a la apertura de cinco propuestas presentadas en el marco del decreto Ley 15223 de Adquisiciones del Sector Públíco y del decreto supremo 21364 de 13 de agosto de 1986 (Acta de fecha 14 de noviembre de 1986).
Que la Junta considero y aprobó las recomendaciones de la Comisión Calificadora, en reunión del día 29 de diciembre de 1986, adjudicando la provisión de vehículos en favor de la Empresa "Distribuidora Nissan" (Bolivia) S.A., mediante resolución expresa.
Que de acuerdo con el artículo 22 inc. b) del decreto supremo 21364 de 13 de agosto de 1986 corresponde que la presente adquisición sea aprobada mediante decreto supremo.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
D E C R E T A :
ARTÍCULO 1.- Apruébase la adjudicación realizada por la Junta de Adquisiciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones en su reunión de fecha 29 de diciembre de 1986, en favor de la Empresa Distribuidora Nissan (Bolivia) S.A. para la provisión de 10 furgonetas de carga y 2 jeeps de carro largo a la Dirección General de Correos por un monto de CIENTO SETENTA Y CUATRO MIL TRESCIENTOS CINCUENTA Y OCHO 00/100 DOLARES AMERICANOS ($us. 174.358.-)
ARTÍCULO 2.- Autorízase a los señores, Director General de Correos y Fiscal de Gobierno para que en representación del Estado suscriban el respectivo contrato, debiendo insertar en el mismo las cláusulas de seguridad y garantías de ley. La Contraloría General de la República refrendará los correspondientes instrumentos legales.
ARTÍCULO 3.- Autorízase al Banco Central de Bolivia la apertura de carta de crédito a la vista irrevocable a la orden de Distribuidora Nissan (Bolivia) S.A. por un monto de CIENTO SETENTA Y CUATRO MIL TRESCIENTOS CINCUENTA Y OCHO 00/100 DOLARES AMERICANOS ($us. 174.358.-), para cuyo efecto, el Banco Central de Bolivia y la Dirección General de Correos establecerán las condiciones, forma de pago, acreditivos y el respectivo cronograma de embarque y documentos del mismo a tiempo de suscribir el respectivo contrato.
ARTÍCULO 4.- El costo total de la adquisición será cancelado con fondos provenientes de Recaudaciones Especiales; partida N° 433.5.1 Equipo de Transporte, Tracción y Elevación, del presupuesto de funcionamiento de la Dirección General de Correos.
Los señores Ministros de Estado en los despachos de Finanzas y Transportes y Comunicaciones, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente decreto.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veintidos días del mes de abril de mil novecientos ochenta y siete años.
FDO. VICTOR PAZ ESTENSSORO, Guillermo Bedregal G., Juan Carlos Durán Saucedo, Alfonso Revollo T., Juan Cariaga O., Gonzalo Sánchez de Lozada, Enrique Ipiña M., Andrés Petricevíc R., Fernándo Moscosó S., Alfredo Franco G., Carlos Pérez G., Jaime Villalobos S., Guillermo Justiniano S., Carlos Morales L., Franklin Anaya V., Wálter Zuleta R., Hermánn Antelo L., Jaime Zegada H., Ramiro Cabezas M.