16 DE SEPTIEMBRE DE 1987 .- Se aprueba al contrato de préstamo suscrito por el Gobierno de Bolivia con el Kreditanstalt fur Wiederaufbau, de la Rep. Alemana, que será utilizado en la ampliación de la planta eléctrica Huaracachi, en Santa Cruz de la Sierra.
DECRETO SUPREMO N° 21699
VICTOR PAZ ESTENSSORO
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA
REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que los gobiernos de Bolivia y Alemania Federal suscribieron un convenio de cooperación financiera, en 14 de mayo de 1987.
Que el Gobierno Boliviano representado por su Ministro de Finanzas a.i,, firmó con el Kreditanstalt fur Wiederaufbau, en 20 de mayo de 1987, en ejecución del citado convenio, un contrato de préstamo que será utilizado integramente por la Empresa Nacional de Electricidad S.A., ENDE, en la ampliación de la panta eléctrica de Huaracachi, Santa Cruz de la Sierra, con una turbina a gás.
Que és necesaria la aprobación de ese contrato, para su mayor fuerza legal y ejecución.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
ARTÍCULO 1.- Se aprueba el contrato de préstamo suscrito por el Gobierno de Bolivia, representado por su Ministro de Finanzas a.i., con el Kreditanstalt fur Wiederaufbau, de Frankfurt República Federal de Alemania, en 20 de mayo de 1987, por un préstamo de ' QUINCE MILLONES 00/100 MARCOS ALEMANES (DM. 15.000.000.-), conforme a las condiciones y términos estipulados en su tenor, cuyo importe será utilizado por la Empresa Nacional de Electricidad S.A., en la ampliación de la planta eléctrica de Huaracahi, Santa Cruz de la Sierra, con una turbina a gás.
ARTÍCULO 2.- Toda solicitud de desembolso con cargo al importe del préstamo aprobado en el artículo 1°, se procesará ante al Banco Central de Bolivia, encargado de la administración de ese crédito.
ARTÍCULO 3.- El Banco Central de Bolivia establecerá el procedimiento y mecanismos necesarios para la recuperación óptima de los fondos utilizados provenientes del crédito mencionado en el artículo 1°, a objeto de cumplir un puntual y adecuado servicio de la deuda.
El señor Ministro de Estado en el despacho de Finanzas queda encargado de la ejecución y cumplimiento del presente decreto supremo.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los dieciseis días del mes de septiembre de mil novecientos ochenta y siete años.
FDO. VICTOR PAZ ESTENSSORO, Guillermo Bedregal Gutierrez, Juan Carlos Durán Saucedo, Alfonso Revollo Thenier, Juan L. Cariaga Osorio, Gonzalo Sanchez de Lozada, Enrique Ipiña Melgar, Andrés Petricivíc Raztanovíc, Fernando Moscoso Salmón, Alfredo Franco Guachalla, Carlos Pérez Guzmán, Jaime Villalobos Sanjinéz, José Guillermo Justiniano Sandóval, Carlos Morales Landívar, Franklin Anaya Vásquez, Wálter Humberto Zuleta Roncal, Herman Antelo Lughlin, Jaime Zegada Hurtado, Ramiro Cabezas.