15 DE OCTUBRE DE 1987 .- Se aprueba la adjudicación de las obras de saneamiento de la represa Hampaturi según convocatoria internacional 03/86 - BID, dispuesta por la Junta de Licitaciones de Obras del Servicio Autónomo Municipal de Agua, Potable y alcantarillado SAMAPA, en favor de las empresas asociadas ALTO LIMITADA - ECLA LIMITADA por el precio total de (Sus. 575.000.-).
DECRETO SUPREMO Nº 21736
VICTOR PAZ ESTENSSORO
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA
REPÚBLICA
C O N S I D E R A N D O:
Que el Servicio Municipal de Agua Potable v Alcantarillado licitó públicamente mediante convocatoria internacional 03/86 - BID, las obras de saneamiento de la represa hampaturi del sistema de abastecimiento de agua potable de la ciudad de La Paz, con fondos provenientes del convenio de préstamo 571/SF-BO, suscrito con Bolivia con el Banco Interamericano de Desarrollo.
Que declaradas desiertas la primera y segunda convocatorias sucesivamente en 16 de febrero y 30 de abril de 1987 por concurrir sólo una propuesta, la Junta de Licitaciones en 18 de mayo de 1987 optó por la invitación, decidiendo negociar los trámites pertinentes con los únicos proponentes Alto Ltda.- Ecla Ltda.,en aplicación del artículo 89 de la Ley de Licitación de obras del Sector Público, puesta en vigor por el decreto 15192 de 15 de diciembre de 1977, y de acuerdo con el reglamento de Licitaciones del organismo financiador.
Que la Junta, aprobando el informe de su comisión negociadora, adjudicó la obra licitada a las empresas asociadas Alto Limitada - Ecla Limitada en reunión de 31 de julio de 1987, juzgando los términos finalmente concertados como los más convenientes a Samapa.
Que esa adjudicación requiere aprobación mediante decreto, dado su monto, de conformidad, con el inciso d).artículo 21, del decreto 21364 de 13 de agosto de 1986.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
ARTÍCULO PRIMERO.- Se aprueba la adjudicación de las obras de saneamiento de la represa Hampaturi según convocatoria internacional 03/86- BID, dispuesta por la Junta de Licitaciones de Obras del Servicio Autónomo Municipal de Agua Potable y Alcantarillado SAMAPA, ciudad de La Paz, en favor de las empresas asociadas ALTO LIMITADA - ECLA LIMITADA, por el precio total de QUINIENTOS SETENTA Y CINCO MIL 00/100 DOLARES AMERICANOS (US$.575.000.-) suma que incluye todos los impuestos de Ley y todos los gastos de contratación de un especialista en inyecciones de cemento, durante el tiempo que dure la ejecución.
ARTÍCULO SEGUNDO.- Los fondos que demande la obra adjudicada provendrán del contrato de préstamo 571/SF-BO, celebrado entre la República de Bolivia y el Banco Interamericano de Desarrollo.
ARTÍCULO TERCERO.- Se autoriza a los personeros legales de SAMAPA suscribir el respectivo contrato con los representantes legales de las empresas asociadas Alto Ltda.- Ecla Ltda., bajo las cláusulas y garantías de Ley, con intervención del Fiscal de Gobierno y refrenda del Contralor General de la República.
Los señores Ministros de Estado en los despachos Finanzas y Planeamiento Coordinación quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente decreto supremo.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz a los quince días del mes de octubre de mil novecientos ochenta y siete años.
FDO. VICTOR PAZ ESTENSSORO, Guillermo Bedregal Gutiérrez, Juan Carlos Durán Saucedo, Alfonso Revollo Thenier, Juan L. Cariaga Osorio, Gonzalo Sánchez de Lozada, Enrique Ipiña Melgar, Andrés Petricevic Raznatovic, Fernando Moscoso Salmón, Carlos Pérez Guzmán, Jaime Villalobos Sanjines,José G. Justiniano Sandoval, Fernando Illanes de la Riva, Franklin Anaya Vasquez, Wálter H. Zuleta Roncal, Irving Alcaraz, Min. de Informaciones a.i., Jaime Zegada Hurtado, Ramiro Cabezas Masses, Alfredo Franco Guachalla.