30 DE DICIEMBRE DE 1987 .- Apruébase la adjudicación efectuada por la Junta de Licitaciones de Yacimientos , Petrolíferos Fiscales Bolivianos, en favor de MULTITEC LTDA., representante de Ethyl Corporation, EE.UU., para la provisión, de compuestos antidetonante.
DECRETO SUPREMO N° 21819
VICTOR PAZ ESTENSSORO
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que Yacimientos Petrolíferos Fiscales Bolivianos, mediante licitación pública 108/87, convocó a presentación de propuestas para la provisión de tetraetilo de plomo, compuesto antidetonante para fabricación de gasolina.
Que la Junta de Licitaciones de Yacimientos Petrolíferos Fiscales Bolivianos, en sesión 59/87 de 13 de noviembre de 1987, previo análisis del informe presentado por la comisión calificadora, adjudicó la licitación en favor de MULTITEC LTDA. representante de Ethyl Corporation, para la provisión de los materiales requeridos.
Que habiéndose cumplido con las previsiones establecidas por el D.L. 15223 de 30 de diciembre de 1977, de conformidad al art. 22-3 del D.S. 21 364 de 13 de agosto de 1986, corresponde aprobar la adjudicación efectuada mediante decreto supremo.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
ARTÍCULO 1.- Apruébase la adjudicación efectuada por la Junta de Licitaciones de Yacimientos Petrolíferos Fiscales Bolivianos dentro la licitación pública 108/87, en favor de MULTITEC LTDA. representante de Ethyl Corporation, EE.UU., para la provisión de 216.6 toneladas métricas de compuestos antidetonante TEL- CB y 40,2 toneladas métricas de compuesto antidetonante TEL-B avíation mix, por la suma total de SETECIENTOS NOVENTA Y DOS MIL DOSCIENTOS TRES 95/100 DOLARES AMERICANOS ($us. 792.203.95) FOB Filadelfia-Estados Unidos de Norteamérica y OCHOCIENTOS SESENTA Y SIETE MIL SEISCIENTOS VEINTITRES 74/100 DOLARES AMERICANOS ($us. 867.623.74) CIF Arica-Chile, con plaza de embarque inmediato.
ARTÍCULO 2.- Autorízase a Yacimientos Petrolíferos Fiscales Bolivianos suscribir el respectivo contrato, con intervención del Fiscal de Gobierno y refrenda de la Contraloría General de la República.
Los señores Ministros de Estado en los despachos de Energía e Hidrocarburos y Finanzas quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente decreto supremo.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los treinta días del mes de diciembre de mil novecientos ochenta y siete años.
FDO. VICTOR PAZ ESTENSSORO, Guillermo Bedregal Gutierrez, Juan Carlos Durán Saucedo, Alfonso Revollo Thenier, Ramiro Cabezas Masses, Gonzalo Sánchez de Lozada, Enrique Ipiña Melgar, Andrés Petricevíc Raztanovíc, Fernando Moscoso Guachalla, Carlos Pérez Guzmán, Jaime Villalobos Sanjinés, José G. Justiniano Sandoval, Manuel Arellano, Franklín Anaya Vázquez, Walter Humberto Zuleta Roncal, Herman Antelo Laughlin, Jaime Zegada Hurtado.