31 DE DICIEMBRE DE 1987 .- Autorízase la adjudicación efectuada por la Junta de Licitaciones de dentro de la Pública 02/86 - en Machinery 4 Auto
DECRETO SUPREMO Nº 21832
VICTOR PAZ ESTENSSORO
PRESIDENTE CONSTITUCIOMAL DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que Yacimientos Petrolíferos Fiscales Bolivianos, mediante licitación pública 02/86, convocó a la presentación de propuestas, para la provisión de Grupos Electrógenos, de acuerdo con los pedidos GID-3550-85PM y GID –DS-4086-85-PM.
Que la Junta de Adquisiciones en reunión 25/87 efectuada en 16 de junio de 1987, previa consideración y análisis del informe presentado por la comisión calificadora, resolvió adjudicar para la provisión de los grupos electrógenos requeridos, en favor de Machinery & Auto 1 Service en representación de The O' BRien Machinery Co. por el precio de $us. 44.884.46 y a Oissco, en representación de Waukesha Engine División por el costo total de Sus.° 96.645.
Que habiéndose cumplido con las normas y regulaciones establecidas en el D.L. 15223 de 30 de diciembre de 1977, Ley de Adquisiciones para el Sector Público y de conformidad al Art. 22 del D.S. 21364 de 13 de agosto de 1986, corresponde aprobar la adjudicación efectuada mediante decreto supremo.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
ARTÍCULO PRIMERO.- Apruébase la adjudicación efectuada por la Junta de Licitaciones de Yacimientos Petrolíferos Fiscales Bolivianos dentro de la Licitación Pública 02/86 en favor de Machinery & Auto Service representante de O' Brien Machinery Co. para la provisión de dos Grupos Electrógenos por el precio de Cuarenta y Cuatro Mil Ochocientos Ochenta y Cuatro 46/100 Dolares Norteamericanos ($us. 44.884.46.-) CIF Buenos Aires - Argentina y en favor de OISSCO representante de Waukesha Engine División, la provisión de un grupo electrógeno, por el precio de Noventa y Seis Mil Seiscientos Cuarenta y Cinco 00/100 Dolares Norteamericanos ($us. 96.645.-) CIF Buenos Aires - Argentina.
ARTÍCULO SEGUNDO.- Autorízase a Yacimientos Petrolíferos Fiscales Bolivianos, suscribir el respectivo contrato, con intervención del Fiscal de Gobierno y refrenda de la Contraloría General de la República.
Los señores Ministros de Estado en los despachos de Energía e Hidrocarburos y Finanzas, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente decreto supremo.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los treinta y ún días del mes de diciembre de mil novecientos ochenta y siete años.
FDO. VICTOR PAZ ESTENSSORO, Guillermo Bedregal Gutierrez, Juan Carlos Durán Saúcedo, Alfonso Revollo Thenier, Juan L. Cariaga Osorio, Gonzalo Sanchez de Lozada, Enrique Ipiña Melgar, Andres Petricevic Raznatovic, Fernando Moscoso Salmón, Aifredó Franco Guachalla, Carlos Perez Guzmán, Jaime Villalobos Sanjinéz, José Guillermo Justiniano Sandoval, Manuel Arellano Min. de Energia e Hidrocarburos a.i., Franklin Anaya Vasquez, Walter H. Zuleta Roncal, Herman Antelo Laughin, Jaime Zegada Hurtado, Ramiro Cabezas Masses.