29 DE ENERO DE 1988 .- Autorízase al Tesoro General de la Nación desembolsar la suma de $us. 165.000.- en su equivalente en moneda nacional, destinada al aporte local complementario para el proyecto BOL 87/012 "PROGRAMA DE PROMOCIÓN DE INVERSIONES MINERAS Y DESARROLLO DE PROYECTOS EN BOLIVIA" .
DECRETO SUPREMO Nº 21863
VICTOR PAZ ESTENSSORO
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
C O N S I D E R A N D O:
Que el Gobierno de Bolivia ha suscrito con el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo, el documento de proyecto BOL 87/012 “Programa de Promoción de Inversiones Mineras y Desarrollo de Proyectos en Bolivia”;
Que como aporte local complementario a la ejecución del mencionado acuerdo, Bolivia debe desembolsar $us. 165.000.-, en su equivalente en bolivianos, siendo necesario designar la representación del Gobierno ante la Agencia de ejecución.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
D E C R E T A:
ARTÍCULO PRIMERO.- Autorízase al Tesoro General de la Nación desembolsar la suma de $us. 165.000.- (CIENTO SESENTA Y CINCO MIL 00/100 DOLARES AMERICANOS) en su equivalencia en moneda nacional, destinados a financiar el aporte local complementario para el proyecto BOL 87/012 “Programa de Promoción de Inversiones Mineras y Desarrollo de Proyectos en Bolivia”, suscrito entre el Gobierno de Bolivia y el Programa de las Naciones Unidas para el Progreso.
ARTICULO SEGUNDO.- La representación del Gobierno de Bolivia estará a cargo del Ministerio de Minería y Metalurgia como agente de ejecución.
Los señores Ministros de Estado en los despachos de Minería y metalurgia y Finanzas, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente decreto supremo.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veintinueve días del mes de enero de mil novecientos ochenta y ocho años.
FDO. VICTOR PAZ ESTENSSORO, Guillermo Bedregal Gutierrez, Juan Carlos Duran Saucedo, Alfonso Revollo Thenier, Juan L. Cariaga Osório, Gonzalo Sanchez de Lozada, Enrique Ipiña Melgar, Andres Petricevíc Raznatovic, Fernando Moscoso Salmón, Alfredo Franco Guachalla, Carlos Perez Guzmán, Jaime Villalobos Sanjinez, José Guillermo Justiniano Sandoval. Fernando Illanes de la Riva, Franklin Anaya Vasquez, Walter H. Zuleta Roncal, Herman Antelo, Jaime Zegada Hurtado, Ramiro Cabezas.