02 DE FEBRERO DE 1988 .- Se autoriáa al Tesoro General de la Nación desembolsar la suma de Sus. 180.000.-, en su equivalente en moneda nacional, destinada como aporte local complementario para el convenio ATN/SF-2198-B0 "PROGRAMA DE FORTALECIMIENTO AL COMERCIO EXTERIOR".
DECRETO SUPREMO Nº 21865
VICTOR PAZ ESTENSSORO
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
C O N S I D E R A N D O:
Que el Gobierno de Bolivia ha suscrito con el Banco Interamericano de Desarrollo el Convenio de Cooperación técnica no reembolsable ATN/SF- 2198 BO "Programa de fortalecimiento al al comercio exterior"
Que los recursos del Convenio no se han agotado aún, debiendo reprogramarse su ejecución para la presente gestión;
Que el Gobierno nacional se ha comprometido aportar en efectivo la suma de $us. 180.000.- en su equivalente en bolivianos, como aporte local para la ejecución del Convenio, siendo necesario designar su representante ante la agencia de ejecución.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
D E C R E T A:
ARTÍCULO PRIMERO.- Se autoriza al Tesoro General de la Nación desembolsar la suma de CIENTO OCHENTA MIL 00/100 DOLARES AMERICANOS (US$. 180.000.-), en su equivalente en moneda boliviana, destinada como aporte local complementario para el convenio ATN/SF - 2198 - BO "Programa de fortalecimiento al comercio exterior", suscrito por el Gobierno de Bolivia y el Banco Interamericano de Desarrollo.
ARTÍCULO SEGUNDO.- La representación del Gobierno boliviano continuará a cargo del Ministerio de Industria Comercio y Turismo, como agente de ejecución.
Los señores Ministros de Estado en los despachos de Industria Comercio y Turismo y Finanzas quedan encargados de la ejecución cumplimiento del presente decreto supremo.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los dos días del mes de febrero de mil novecientos ochenta y ocho años.
FDO. VICTOR PAZ ESTENSSORO, Guillermo Bedregal Gutierrez, Juan Carlos Durán Saucedo, Alfonso Revollo Thenier, Juan L. Cariaga Osorio, Gonzalo Sanchez de Lozada, Enrique Ipiña Melgar, Andres Petricevic Raznatovic, Fernando Moscoso Salmón, Alfredo Franco Guachalla, Carlos Perez Guzmán, Jaime Villalobos Sanjinéz, José Guillermo Justiniano Sandoval, Fernando Illanes de la Riva, Franklin Anaya Vasquez, Walter H. Zuleta Roncal, Herman Antelo, Jaime Zegada Hurtado, Ramiro Cabezas.