18 DE FEBRERO DE 1988 .- Apruébase la adjudicación efectuada por la Junta de Licitaciones de Obras de Yacimiento Petrolíferos Fiscales Bolivianos dentro la licitación pública 1/87 en favor del Complejo Industrial Cochabamba Cindus Ltda.
DECRETO SUPREMO Nº 21878
VICTOR PAZ ESTENSSORO
PRESIDENTE CONSTITUCIUONAL DE LA REPÚBLICA
C O N S I D E R A N D O:
Que Yacimientos Petrolíferos Fiscales Bolivianos, mediante licitación pública 1/87 convocó a presentación de propuestas para la provisión de tanques horizontales a presión, de acuerdo con el pedido N°. GID-3540-86-PM.
Que dentro de la etapa de invitación directa presentaron sus ofertas las firmas Kantuta Ltda. y Cindus Ltda.
Que la Junta de Adquisiciones de Yacimientos Petrolíferos Fiscales Bolivianos, en su sesión 48/87 de 23 de septiembre de 1987, previo análisis del informe presentado por la respectiva comisión calificadora, adjudico la licitación en favor del Complejo Industrial Cochabamba Cindus Ltda., por el precio de $us. 101.570.-
Que habiéndose cumplido con las previsiones establecidas por el D.L. 15223 de 30 de diciembre de 1977, corresponde de conformidad al artículo 22.3 del D.S. 21364 de 13 de agosto de 1986, aprobar la adjudicación efectuada mediante decreto supremo.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
D E C R E T A:
ARTÍCULO PRIMERO.- Apruébase la adjudicación efectuada por la Junta de Licitaciones de Yacimientos Petrolíferos Fiscales Bolivianos dentro la licitación pública 1/87 en favor del Complejo Industrial Cochabamba Cindus Ltda., para la provisión de cuatro (4) tanques horizontales a presión para envasar gas licuado de petroleo, por la suma total de CIENTO UN MIL QUINIENTOS SETENTA 00/100 DOLARES AMERICANOS ($us. 101.570.) con entrega en la fabrica del proveedor en Cochabamba.
ARTÍCULO SEGUNDO.- Autorizase a Yacimientos Petrolíferos Fiscales Bolivianos suscribir el respectivo contrato, con intervención del Fiscal de Gobierno y la Contraloria General de la República.
Los señores Ministros de Estado en los despachos de Energía e hidrocarburos y Finanzas quedan encargados de la ejecución del presente decreto supremo.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los dieciocho días del mes de febrero de mil novecientos ochenta y ocho años.
FDO. VICTOR PAZ ESTENSSORO, Guillermo Bedregal Gutierrez, Juan Carlos Durán Saucedo, Alfonso Revollo Thenier, Juan L. Cariaga Osorio, Gonzalo Sanchez de Lozada, Enrique Ipiña Melgar, Andres Petricevic Raznatovic, Fernando Moscoso Salmón, Alfredo Franco Guachalla, Carlos Perez Guzmán, Jaime Villalobos Sanjinéz, José Guillermo Justiniano Sandoval, Fernando Illanes de la Riva, Franklin Anaya Vasquez, Walter H. Zuleta Roncal, Herman Antelo, Jaime Zegada Hurtado, Ramiro Cabezas.