26 DE FEBRERO DE 1988 .- Apruébase la adjudicación efectuada por la Junta de Licitaciones de yacimientos Petrolíferos Fiscales Bolivianos, en favor de Chicago Bridge & Iron Company Ltda.
DECRETO SUPREMO Nº 21885
VICTOR PAZ ESTENSSORO
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
C O N S I D E R A N D O:
Que Yacimientos Petrolíferos Fiscales Bolivianos, mediante licitación pública 41/86, convocó a la presentación de propuestas para la provisión de materiales, accesorios y montaje de un tanque de 5.000 barriles, en la refinería de Santa Cruz.
Que dentro del procedimiento de invitación directa sus propuestas las empresas Chicago Bridge & Iron Company Limited y Corpres Ltda.
Que la Junta de Adquisiciones de Yacimientos Petrolíferos Fiscales Bolivianos, en reunión realizada en 17 de junio de 1987, previa consideración y análisis del informe elaborado por la comisión calificadora, resolvió adjudicar para la provisión de los materiales requeridos, en favor de la Chicago Bridge & Ison Company Limited, representada por la Compañia de Servicios Técnicos Comerciales Ltda. Santa Cruz - Bolivia por el precio de $us. 962.400.-
Que habiéndose cumplido con las normas y regulaciones establecidas por el D.L. de 30 de diciembre de 1977, corresponde de conformidad al art. 22.3 del D.S. 21364 de 13 de agosto de 1986, aprobar la adjudicación efectuada mediante decreto supremo.
ARTICULO PRIMERO.- Apruébase la adjudicación efectuada por la Junta de Licitaciones de Yacimientos Petroliferos Fiscales Bolivianos, dentro de la licitación pública 41/86, en favor de la Chicago Bridge & Iron Company Ltd. representada por la Compañía de Servicios Técnicos y Comerciales Ltda. Santa Cruz - Bolivia, para la provisión de materiales y accesorios, construcción de bases, soldadura montaje de un tanque de 5.000 barriles por el precio total de NOVECIENTOS SESENTA Y DOS MIL CUATROCIENTOS 00/100 DOLARES AMERICANOS ($us. 962.4O0.-)
ARTÍCULO SEGUNDO.- Autorízase a Yacimientos Petrolíferos Fiscales Bolivianos, suscribir el respectivo contrato, con intervención del Fiscal de Gobierno y refrenda del Contralor general de la República.
Los señores ministros de Estado en los despachos de Energía e Hidrocarburos y Finanzas quedan encargados de la ejecución del presente decreto supremo.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veintiseis días del mes de febrero de mil novecientos ochenta y ocho años.
FDO. VICTOR PAZ ESTENSSORO, Guillermo Bedrenal Gutierre, Juan Carlos Durán Saucedo, Alfonso Revollo Thenier, Juan L. Cariaga Osorio, Gonzalo Sanchez de Lozada, Enrique lpiña Melgar, Andres Petricevic Raznatovic, Fernando Moscoso Salmón, Alfredo Franco Guachalla, Carlos Perez Guzman, Jaime Villalobos Sanjinez, José Guillermo Justiniano Sandoval, Fernando Illanes de la Riva, Franklin Anaya Vasquez. Walter H. Zuleta Roncal, Herman Antelo Laughlin, Jaime Zegada Hurtado, Ramiro Cabezas Masses.