19 DE ABRIL DE 1988 .- Apruébase la adjudicación efectuada por la Junta de Licitaciones de Y.P.F.B. en favor de Schlumberqer Surenco S.A. y Go International Sur América S.A.
DECRETO SUPREMO Nº 21921
VICTOR PAZ ESTENSSORO
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA
C O N S I D E R A N D O:
Que Yacimientos Petrolíferos Fiscales Bolivianos convocó mediante Licitación Pública No. 18/83 a la presentación de propuestas para la provisión de servicios de registros eléctricos y servicios especiales de pozos entubados y sin entubar.
Que dentro de término hábil presentaron sus ofertas las firmas Schlumberger Surenco y Go International Sur América S.A.
Que la Junta de Licitaciones de Yacimientos Petrolíferos Fiscales Bolivianos, en su sesión No. 21/87 de 3 de septiembre de 1987, previo análisis del informe presentado por la respectiva Comisión Calificadora, adjudicó la licitación en favor de Schlumberger y Go International Sur America S.A., recomendando se efectúe una negociación de precios con las dos firmas adjudicatarias.
Que Y.P.F.B., negoció los precios unitarios con las dos empresas adjudicatarias, habiendo obtenido rebajas convenientes, por lo cual habiéndose cumplido con las previsiones establecidas por disposiciones legales vigentes, corresponde dictar la norma legal aprobatoria.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
D E C R E T A:
ARTÍCULO PRIMERO.- Apruébase la adjudicación efectuada por la Junta de Licitaciones de Yacimientos Petrolíferos Fiscales Bolivianos correspondiente a la Licitación Pública No. 18/83, en favor de Schlumberger S.A. por un precio total estimado de Cuatro Millones doscientos Sesenta y Siete Mil Setecientos Doce 50/100 Dolares Americanos ($us. 4.267.712.50) y en favor de Go International Sur America S.A., por un precio total estimado de Cuatro Millones Cuatrocientos Quince Mil Cuarenta y Uno 00/100 Dólares Americanos ($us. 4.415.041.00), para la ejecución de servicios de registros eléctricos y servicios especiales en pozos entubados y sin entubar.
ARTÍCULO SEGUNDO.- Autorízase a Yacimientos Petrolíferos Fiscales bolivianos suscribir los respectivos contratos, con intervención del Fiscal de Gobierno y la Contraloría General de la República.
El señor Ministro de Estado en el Despacho de Energía e Hidrocarburos queda encargado de la ejecución y cumplimiento del presente decreto supremo.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los diez y nueve días del mes de abril de mil novecientos ochenta y ocho años.
FDO. VICTOR PAZ ESTENSSORO, Guillermo Bedregal Gutierrez, Juan Carlos Durán Saucedo, Alfonso Revollo Thenier, Juan, L. Cariaga Osorio, Gonzalo Sanchez de Lozada, Enrique Ipiña Melgar, Andres Petricevic Raztanovic, Fernando Moscoso Salmón, Alfredo Franco Guachalla, Carlos Pérez Guzmán, Jaime Villalobos Sanjinéz, José Guillermo Justiniano Sandoval, Fernando Illanes de la Riva, Walter Humberto Zuleta Roncal, Herman Antelo L., Jaime Zegada Hurtado, Ramiro Cabezas Masses.