08 DE AGOSTO DE 1988 .- Se autoriza al Ministerio de Finanzas traspasar de su presupuesto de funcionamiento CUATROCIENTOS MIL 00/100 BOLIVIANOS (Bs. 400.000.-), financiados por el Tesoro Nacional, en favor del Ministerio de Recaudaciones Tributarias.
DECRETO SUPREMO Nº 21983
VICTOR PAZ ESTENSSORO
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
C O N S I D E R A N D O:
Que el artículo 146 del decreto supremo 21660 de 10 de julio de 1987 ha autorizado al Ministerio de Recaudaciones Tributarias reorganizar la Dirección General de Aduanas, para adecuarla a las necesidades actuales;
Que el decreto supremo 21908 de 30 de marzo de 1988 autorizó el desembolso de US$. 252.000.-, en su equivalente en bolivianos, destinado a financiar un aporte local complementario para el proyecto BOL/87/017, concerniente a la implantación de nuevos sistemas de administración tributaria por intermedio de la Aduana Nacional;
Que es necesario proporcionar en ese contexto los fondos adicionales que fuesen necesarios, habida cuenta de la sección III capítulo III del decreto supremo 21364 de 13 de agosto de 1986 ampliado en su vigencia por decreto supremo 21781 de 3 de diciembre de 1987, concordante con el articulo 8 de la ley 1001 de 29 de junio de 1988, permite y reglamenta los traspasos .de recursos interinstitucionales e intrainstituciunales.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
D E C R E T A:
ARTÍCULO PRIMERO.- Se autoriza al Ministerio de Finanzas traspasar de su presupuesto de funcionamiento CUATROCIENTOS MIL 00/100 BOLIVIANOS (Bs. 400.000.-), financiados por el Tesoro Nacional, en favor del Ministerio de Recaudaciones Tributarias.
ARTÍCULO SEGUNDO.- Autorízase al Ministerio de Recaudaciones Tributarias traspasar en forma intrainstitucional la suma de SEISCIENTOS SESENTA MIL OCHOCIENTOS SETENTA Y TRES 00/100 BOLIVIANOS (Bs.660.873.-), con fondos del Tesoro Nacional y otros.
ARTÍCULO TERCERO.- Los traspasos autorizados en los artículos precedentes serán procesados conforme al siguiente detalle:
DEL ORGANISMO : MINISTERIO DE FINANZAS
CAPITULO I : FUNCIONAMIENTO
PROGRAMA 01 : FORMULACION Y EJECUCION DE
POLITICA ECONOMICA
SUBPROGRAMA 01 : ADMINISTRACION DE RECURSOS
ACTIVIDAD 01 ADMINISTRACION CENTRAL
RECURSOS : TESORO NACIONAL
(En bolivianos)
200 | SERVICIOS NO PERSONALES | 400.000.-
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260 | Otros servicios no personales | 400.000.-
262 | Asignaciones globales | 400.000.-
TOTAL | 400.000.-
AL ORGANISMO : MINISTERIO DE RECAUDACIONES
TRIBUTARIAS
CAPITULO I : FUNCIONAMIENTO
PROGRAMA 01 : DESARROLLO DE POLITICAS DE INGRESO
SUBPROGRAMA 03 : SERVICIOS DE RECAUDACION ADUANERA
ACTIVIDAD 01 SERVICIOS DE IMPORTACION Y
EXPORTACION
RECURSOS : TESORO NACIONAL
(En bolivianos)
200 | SERVICIOS NO PERSONALES | 400.000.-
---|---|---
250 | Servicios profesionales y comerciales | 400.000.-
252 | Estudios, investigaciones y proyectOs | 400.000.-
TOTAL | 400.000.-
ORGANISMO : MINISTERIO DE RECAUDACIONES
TRIBUTARIAS
CAPITULO I : FUNCIONAMIENTO
PROGRAMA 01 : DESARROLLO DE POLITICAS DE INGRESO
SUBPROGRAMA 03 : SERVICIOS DE RECAUDACION ADUANERA
ACTIVIDAD 01 : SERVICIOS DE IMPORTACION Y
EXPORTACION
RECURSOS : TESORO NACIONAL Y OTROS
(En bolivianos)
DE:
100 | SERVICIOS PERSONALES | 42.872.-
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110 | Empleados permanentes | 14.566.-
112 | Bono de antiguedad | 40.-
116 | Asignaciones familiares | 14.526.-
120 | Empleados no permanentes | 28.306.-
400 | ACTIVOS FIJOS Y FINANCIEROS | 618.oo1.-
420.5 | Construcciones, reformas e instalaciones | 300.000.-
430 | Maquinaria y equipo | 318.oo1.-
431.5 | Equipo de oficina y muebles | 70.ooo.-
432.5 | Equipo y produccion | 120.ooo.-
433.5 | Equipo de transporte, traccion y elevación | 128.oo1.-
TOTAL | 66o.873.-
A:
100 | SERVICIOS PERSONALES | 461.113.-
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110 | Empleados permanentes | 405.803.-
113 | Bonificaciones | 13.146.-
114 | Aguinaldos | 29.726.-
114.5 | Aguinaldos | 56.960.-
117.5 | Sueldos | 3o5.971.-
130. | Prevision social | 55.310.-
131.5 | Aporte patronal al seguro social | 49.165.-
132.5 | Aporte patronal para vivienda | 6.145.-
200 | SERVICIOS NO PERSONALES | 199.76o.-
250 | Servicios profesionales y comerciales | 199.76o.-
252.5 | Estudios, investigaciones y proyectos | 199.76o.-
TOTAL | 660.873.-
Los señores Ministros de Estado en los despachos de Finanzas y Recaudaciones Tributarias quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente decreto supremo.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los ocho días del mes de agosto de mil novecientos ochenta y ocho años.
FDO. VICTOR PAZ ESTENSORO, Guillermo Bedregal G., Juan Carlos Durán S., Alfonso Revollo T., Juan L. Gallega O., Gonzalo Sanchez de Lazada, Enrique Ipiña Melgar, Andres Petricevic R., Fernando Moscoso S., Alfredo Franco G., Carlos Pérez G., Jaime Villalobos S., Jose G. Justiniano S., Fernando Illanes de la Riva. Franklin Anaya V., Walter H. Zuleta R., Herman Antelo L., Jaime Zagada H., Ramiro Cabezas M.