03 DE NOVIEMBRE DE 1988 .- Autorizase al Banco Central de Bolivia otorga la suma de (Bs. 25.00.-) para la publicación del libro "Tiempo de Bolivar" del autor Jacobo Liberman.
DECRETO SUPREMO Nº 22057
VICTOR PAZ ESTENSSORO
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que la universidad Andina cuya presidencia ejerce el señor Vicepresidente de la República, ha solicitado al Banco Central de Bolivia el co - auspicio de la publicación del libro “Tiempo de Bolivar”, del escritor nacional Jacobo Liberman.
Que es deber del Estado fomentar las expresiones culturales, particularmente aquellas que guardan relación con la vida y obra de destacadas figuras de nuestra historia.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
ARTÍCULO ÚNICO.- Autorízase al Banco Central de Bolivia otorgar la suma de Veinticinco Mil 00/100 Bolivianos (Bs.25.000.-) para la publicación del libro "Tiempo de Bolivar", del autor Jacobo Liberman.
El señor Ministro de Finanzas queda encargado de la ejecución y cumplimiento del presente decreto supremo.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los tres días del mes de noviembre de mil novecientos ochenta y ocho años.
FDO. VICTOR PAZ ESTENSSORO, Juan Carlos Duran Saucedo, Gillermo Bedregal Gutierrez, Alfonso Revollo Thenier, Ramiro Cabezas Masses, Fernando Romero Moreno, Enrique Ipiña Melgar, Andres Petricevic Raznatovic, Luis F. Palenque C., Luis A. Peña Rueda, Joaquin Arce L., Jaime Villalobos Sanjines, José G. Justiniano S., Fernando Illanes de la Riva, Franklin Anaya V., Walter H. Zuleta R., Herman Antelo L., Jaime Zegada H.