07 DE DICIEMBRE DE 1988 .- Se crea la Superintendencia Departamental de Minas y su respectiva Notaría de Minas en la ciudad de Cobija, capital de Pando, con jurisdicción y competencia para la atención de todas las peticiones y trámites mineros correspondientes a ese departamento de la República.
DECRETO SUPREMO Nº 22080
VICTOR PAZ ESTENSSORO
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que el decreto supremo 22066 de 7 de noviembre de 1988 ha levantado en el marco de la reactivación económica de la nación, la reserva fiscal establecida por el decreto supremo 7044 de 30 de enero de 1965 y prorrogada mediante decreto supremo 21570 de 8 de abril de 1987, que afectaba importantes áreas potencialmente mineras del departamento de Pando.
Que esa liberación de reserva impulsará la actividad minera en Pando, con paralelo incremento de peticiones y procedimientos que merecen una tramitación oportuna y eficiente, a cuyo fin es necesario crear el correspondiente órgano jurisdiccional de ley, de acuerdo con el artículo 355 del Código de Minería.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
ARTÍCULO ÚNICO.- Se crea la Superintendencia Departamental de Minas y su respectiva Notaría de Minas en la ciudad de Cobija, capital de Pando, con jurisdicción y competencia para la atención de todas las peticiones y trámites mineros correspondientes a ese departamento de la República, modificándose así el artículo 5 del decreto supremo 22066 de 17 de noviembre de 1988.
Los señores Ministros de Estado en los despachos de Finanzas y Minería y Metalurgia quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente decreto supremo.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los siete días del mes de diciembre de mil novecientos ochenta y ocho años.
FDO. VICTOR PAZ ESTENSSORO, Guillermo Bedregal Gutierrez, Juan Carlos Durán Saucedo, Alfonso Revollo Thenier, Ramiro Cabezas Masses, Fernando Romero Moreno, Enrique Ipiña Melgar, Andres Petricevic Raznatovic, Luis F. Palenque Cordero, Luis Alfonso Peña Rueda, Joaquin Arce Lema, Jaime Villalobos Sanjinés, José Guillermo Justiniano, Fernando Illanes de la Riva, Franklin Anaya Vasquez, Walter H. Zuleta Roncal, Herman Antelo Laughlin, Jaime Zegada Hurtado.