02 DE AGOSTO DE 1989 .- Se convoca a elecciones municipales en todo el territorio República para el Domingo 3 de Diciembre de 1989, a objeto de renovar los concejos y juntas municipales en capitales de departamento, capitales de provincias capitales de secciones municipales y puertos, como elegir agentes municipales en cantones.
DECRETO SUPREMO Nº 22278
VICTOR PAZ ESTENSSORO
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
C O N S I D E R A N D O:
Que los artículos 200 de la Constitución Política y 17 de la Ley Orgánica de Municipalidades definen el régimen comunal y la formación de los gobiernos municipales mediante sufragio popular;
Que el artículo 8 de la Ley Electoral Municipal determina que el Poder Ejecutivo debe convocar elecciones municipales cada dos años, por lo menos ciento veinte días antes de su realización señalada por la misma disposición para el primer domingo de diciembre.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
D E C R E T A:
ARTÍCULO PRIMERO.- Se convoca a elecciones municipales en todo el territorio de la República para el Domingo 3 de Diciembre de 1989, a objeto de renovar los concejos y juntas municipales en las capitales de departamento, capitales de provincia, capitales de secciones municipales y puertos, así como elegir agentes municipales en los cantones.
ARTÍCULO SEGUNDO.- Los miembros de los concejos y juntas municipales así como agentes municipales de cantones serán elegidos por sufragio popular, mediante papeletas multicolor, multisigla y multisigno, de conformidad con el artículo 200 párrafo tercero de la Constitución Política del Estado, la Ley Electoral Municipal vigente y la Ley Electoral nacional.
ARTÍCULO TERCERO.- El Tesoro General de la Nación proporcionará a la Corte Nacional Electoral los fondos necesarios para el normal verificativo de las elecciones convocadas, de conformidad con la ley financial de la presente gestión económica.
Los señores Ministros de Estado en los Despachos de Finanzas e Interior, Migración y Justicia quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente decreto supremo.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los dos días del mes de agosto de mil novecientos ochenta y nueve años.
FDO. VICTOR PAZ ESTENSSORO, Eduardo Pérez Beltrán, Valentín Abecia Baldiviezo, Alfonso Revollo Thenier, Fernando Romero Moreno, Ramiro Cabezas Masses, Enrique Ipiña Melgar, Alfonso Balderrama Maldonado, Luis F. Palenque Cordero, Luis A. Peña Rueda, Joaquin Arce Lema, Jaime Villalobos Sanjinés, José G. Justiniano sandoval, Fernando Illanes de la Ríva, Roberto Roca Iriarte, Walter Zuleta Roncal, Herman Antelo Laughlin Jaime Zegada Hurtado.