06 DE AGOSTO DE 1989 .- Se establece servidumbre forzosa perpetua de acueducto en favor del, proyecto multipropósito San Jacinto, conforme al artículo 266 del Código Civil, sobre todos los predios, inmuebles y terrenos de personas particulares, individuales o colectivas, así como estatales, ubicados dentro el perímetro de las obras, para la construcción de canales, tendido e instalación de tuberías, líneas de energía depósitos de regulación, plantas de bombeo, caminos de servicios y mantenimiento de obras, etcétera.
DECRETO PRESIDENCIAL Nº 22293
JAIME PAZ ZAMORA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
C O N S I D E R A N D O:
Que por mandato de la Constitución Política del Estado corresponde al señor Presidente de la República designar su Gabinete Ministerial.
D E C R E T A :
ARTÍCULO PRIMERO.- Desígnase Ministros de Estado en los despachos que a continuación se señalan a los siguientes ciudadanos:
MINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO Lic. Carlos Iturralde Ballivian
MINISTRO DEL INTERIOR, MIGRACION Y JUSTICIA Lic. Guillermo Capobianco Rivera
MINISTRO DE LA PRESIDENCIA DE LA REPUBLICA Dr. Gustavo Fernández Saavedra
MINISTRO DE DEFENSA NACIONAL Lic. Héctor Ormachea Peñaranda
MINISTRO DE FINANZAS Lic. David Blanco Zabala
MINISTRO DE PLANEAMIENTO Y COORDINACION Lic. Enrique García Rodriguez
MINISTRO DE EDUCACION Y CULTURA Dr. Mariano Baptista Gumucio
MINISTRO DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONES Lic. Willy Vargas Vacaflor
MINISTRO DE INDUSTRIA, COMERCIO Y TURISMO Lic. Guido Céspedes Argandoña
MINISTRO DE TRABAJO Y DESARROLLO LABORAL Dr. OscarZamora Medinacelli
MINISTRO DE PREVISION SOCIAL Y SALUD PUBLICA Dr. Mario Paz Zamora
MINISTRO DE MINERIA Y METALURGIA Ing. Wálter Soriano Lea Plaza
MINISTRO DE ASUNTOS CAMPESINOS Y
AGROPECUARIOS Dr. Mauro Bertero Gutierrez
MINISTRO DE ENERGIA E HIDROCARBUROS Ing. Angel Zannier Claros
MINISTRO DE ASUNTOS URBANOS Ing. Enrique Prada Abasto
MINISTRO DE INFORMACIONES Manfredo Kempff Suárez
MINISTRO DE AERONAUTICA Lic. Luis Gonzáles Quintanilla
MINISTRO SIN CARTERA Ing. Guillermo Fortún Suárez
ARTÍCULO SEGUNDO.- Los Ministros tomarán posesión de sus cargos en el día, en acto especial a celebrarse en Palacio de Gobierno.
Es dado en Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a seis días del mes de agosto de mil novecientos ochenta y nueve años.
FDO. JAIME PAZ ZAMORA, Presidente Constitucional de la Republica