21 DE SEPTIEMBRE DE 1989 .- Autorizase la formación de una Sociedad Anónima de Economía Mixta bajo la denominación de "Compañía de Cemento Camba" S.A.M. (COCECA S.A.M.), con domicilio en la ciudad de Santa Cruz de la Sierra, constituida entre la Corporación Regional de desarrollo (CORDECRUZ) y los Industriales Fernando Turna Gámez y Olney Pareja Moreno, cuyos fines serán los de proyeotar, instalar y administrar una molienda de Clinker como una primera fase, que pueda luego impulsar la implementación <3e una fábrica da cemento en el departamento de Santa Cruz.
DECRETO SUPREMO Nº 22309
JAIME PAZ ZAMORA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
C O N S I D E R A N D O:
Que la Corporación Regional de Desarrollo de Santa Cruz, (CORDECRUZ), y los Industriales Fernando Tuma Gámez y Olney Pareja Moreno, han celebrado un convenio para la formación de una Sociedad Anónima Mixta, cuyo objeto es el gestionar, efectuar y administrar el proyecto de instalación de una terminal de Clinker en la zona de Puerto Suárez, provincia Germán Busch del departamento de Santa Cruz;
Que el impulso del desarrollo industrial, en condiciones técnicas y económicas viables, es un objetivo de interés nacional, cuyo desarrollo a traves de la ejecución de proyectos concretos, constituye un requisito fundamental de infraestructura para el progreso económico y social del país en su conjunto;
Que los crecientes requerimientos de cemento en el área de Santa Cruz, justifica la instalación de una terminal de Clinker en ese departamento como una primera fase que pueda luego impulsar la implementación de una fábrica de cemento;
Que resulta necesario alentar los esfuerzos concertados del Sector Público y Privado, para emprender las acciones necesarias a fin de proyectar, instalar y administrar proyectos industriales, por lo que en el caso se halla justificada la formación de una Sociedad Anónima Mixta, conforme a las prescripciones del ordenamiento Jurídico Nacional.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
D E C R E T A:
ARTÍCULO PRIMERO.- Autorízase la formación de una Sociedad Anónima de Economía Mixta bajo la denominación de “Compañía de Cemento Camba” S.A.M. (COCECA S.A.M.) con domicilio en la ciudad de Santa Cruz de la Sierra, constituida entre la Corporación Regional de desarrollo (CORDECRUZ) y los Industriales Fernando Tuma Gámez y Olney Pareja Moreno, cuyos fines serán los de proyectar, instalar y administrar una molienda de Clinker como una primera fase, que pueda luego impulsar la implementación de una fábrica de cemento en el departamento de Santa Cruz.
ARTÍCULO SEGUNDO.- Apruébase el Convenio de Formación de la Sociedad en sus doce cláusulas, así como la Escritura de Constitución y los estatutos de la sociedad en sus VIII títulos y 96 artículos reconociéndose su Personalidad Jurídica, debiendo procederse a su protocolización en la respectiva Notaría de Hacienda Departamental.
ARTÍCULO TERCERO.- Apruébase la suma de $us. 6.000.000.- (SEIS MILLONES 00/100 DOLARES AMERICANOS), como capital autorizado de la Sociedad, $us. 3.000.000.- (TRES MILLONES 00/100 DOLARES AMERICANOS), como capital suscrito y $us. 750.000 (SETECIENTOS CINCUENTA MIL 00/100 DOLARES AMERICANOS), como capital pagado, participando CORDECRUZ con el 20% y el Sector Privado con el 80% con aportes de origen nacional.
Los señores Ministros de Estado en los despacho del Planeamiento y Coordinación así como de Industria Comercio y Turismo, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto supremo.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veintiún días del mes de septiembre de mil novecientos ochenta y nueve años.
FDO. JAIME PAZ ZAMORA, Carlos Iturralde Ballivían, Guillermo Capobianco Rivera, Gustavo Fernández Saavedra, Héctor Ormachea Peñaranda, David Blanco Zabala, Enrique García Rodrígez, Mariano Baptista Gumucio, Willy Vargas Vacaflor, Guido Céspedes Argandoña, Oscar Zamora Medinacelli, Mario Paz Zamora, Walter Soriano Lea Plaza, Mauro Bertero Gutierrez, Angel Zannier Claros, Enrique Prada Abasto, Manfredo Kempff Suárez, Luís Gonzáles Quintanilla, Guillermo Fortún Suárez.