14 DE FEBRERO DE 1990 .- El Ministerio de Transportes y Comunicaciones ejecutará con la mayor celeridad, por el intermedio de la Empresa Nacional de Telecomunicaciones, ENTEL, los proyectos de modernización y expansión de las instalaciones de esta última, a fin de elevar su grado de eficiencia y satisfacer la demanda de servicios nacionales é internacionales al menor costo para el usuario.
DECRETO SUPREMO N° 22422
LUIS OSSIO SANJINES
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL INTERINO DE LA REPÚBLICA
C O N S I D E R A N D O:
Que los servicios públicos de telecomunicaciones integran el territorio nacional y vinculan al país con el resto del mundo;
Que las telecomunicaciones cumplen tarea de coadyuvar al desarrollo económico y social del país, constituyendo también un medio para incrementar la educación y la cultura, así como la creación de nuevos empleos y generación creciente de ingresos para el Estado;
Que es necesario mejorar la presentación de servicios de correos, a fin de lograr mayor eficacia y seguridad.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
D E C R E T A:
ARTÍCULO PRIMERO.- El Ministerio de Transportes y Comunicaciones ejecutará con la mayor celeridad, por el intermedio de la Empresa Nacional de Telecomunicaciones, ENTEL, los proyectos de modernización y expansión de las instalaciones de esta última, a fin de elevar su grado de eficiencia y satisfacer la demanda de servicios nacionales é internacionales al menor costo para el usuario.
ARTÍCULO SEGUNDO.- El Ministerio de Transportes y Comunicaciones debe presentar a CONEPLAN, en el plazo de ciento ochenta días a partir de la fecha de este decreto, los estudios completos para la creación de la Empresa Nacional Postal como entidad descentralizada del Estado, con el propósito de lograr la mayor eficiencia y seguridad del servicio de correos.
Los señores Ministros de Estado en el despacho de Transportes y Comunicaciones queda encargado de la ejecución y cumplimiento del presente decreto supremo.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los catorce días del mes de febrero de mil novecientos noventa años.
FDO. LUIS OSSIO SANJINES PRESIDENTE CONSTITUCIONAL INTERINO DE LA REPUBLICA, Jorge Soruco Min. Relaciones Exteriores y Culto a.i., Guillermo Capobianco Ribera, Mario Catacora Landivar Min. Presidencia de la República a.i., Héctor Ormachea Peñaranda, David Blanco Zabala, Enrique García Rodríguez, Mariano Baptista Gumucio, Willy Vargas Vacaflor, Guido Céspedes Argandoña, Oscar Zamora Medinacelli, Guillermo Cuentas Min. Previsión Social y S.P. a.i., Wálter Soriano Lea Plaza, Mauro Bertero Gutiérrez, Angel Zannier Claros, Elena Velasco de Urresti, Manfredo Kempff Suárez, Luís Gonzáles Quintanilla, Guillermo Fortún Suárez.