13 DE JULIO DE 1990 .- Se autoriza al Ministerio de Planeamiento y Coordinación suscribir, en nombre de la República de Bolivia, el pertinente contrato de préstamo con el Fondo Financiero para el Desarrollo de la Cuenca del Plata, FONPLATA, hasta la suma de NUEVE MILLONES SETECIENTOS MIL 00/100 DOLARES AMERICANOS (US$, 9.700,000.-), con destino a financiar la conclusión del proyecto de pavimentación de la carretera Santa Cruz Trinidad.
DECRETO SUPREMO N° 22539
JAIME PAZ ZAMORA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
C O N S I D E R A N D O:
Que es objetivo fundamental del Gobierno nacional, la vertebración caminera de todo el territorio patrio;
Que se suscribio el 18 de noviembre de 1985 con el Fondo Financiero para el Desarrollo de la Cuenca del Plata, FONPLATA, en el marco de esa finalidad, un contrato de préstamo por US$. 19.500.000.- destinado a financiar la ejecución de las obras de pavimentación de la carretera Santa Cruz Trinidad con una longitud de 544 Kilómetros;
Que es necesario, por causas de fuerza mayor, destinar fondos adicionales para la conclusión del mencionado proyecto;
Que el Directorio ejecutivo de FONPLATA ha aprobado en su 57 reunión, la concesión de un préstamo adicional a la República de Bolivia, por US$. 9.700.000.-, para concluir la pavimentación de la carretera Santa Cruz Trinidad, siendo preciso autorizar la suscripción del correspondiente contrato de préstamo a fin de concretar tal financiamiento.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
D E C R E T A:
ARTÍCULO PRIMERO.- Se autoriza al Ministerio de Planeamiento y Coordinación suscribir, en nombre de la República de Bolivia, el pertinente contrato de préstamo con el Fondo Financiero para el Desarrollo de la Cuenca del Plata, FONPLATA, hasta la suma de NUEVE MILLONES SETECIENTOS MIL 00/100 DOLARES AMERICANOS (US$, 9.700.000.-), con destino a financiar la conclusión del proyecto de pavimentación de la carretera Santa Cruz Trinidad.
ARTÍCULO SEGUNDO.- Autorízase asimismo al Ministerio de Finanzas traspasar los fondos provenientes del préstamo, mediante el respectivo contrato subsidiario, para la ejecución del proyecto.
Los Señores Ministros de Estado en los despachos de Planeamiento y Coordinación, Finanzas así como Transportes y Comunicaciones quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente decreto supremo.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los trece días del mes de julio de mil novecientos noventa años.
FDO. JAIME PAZ ZAMORA, Carlos Iturralde Ballivián, Guillermo Capobianco Ribera, Héctor Ormachea Peñaranda, Gustavo Fernández Saavedra, Enrique García Rodríguez, David Blanco Zabala, Guillermo Fortún Suárez, Mariano Baptista Gumucio, Willy Vargas Vacaflor, Guido Céspedes Argandoña, Oscar Zamora Medinacelli, Mario Paz Zamora, Wálter Soriano Lea Plaza, Mauro Bertero Gutiérrez, Angel Zannier Claros, Elena Velasco de Urresti.