20 DE SEPTIEMBRE DE 1990 .- Apruébase el Estatuto Orgánico del Consejo Nacional de Vivienda Policial (COVIPOL), en sus tres títulos, VII capítulos y 88 artículos respectivamente, a los que debe sujetarse su administración.
DECRETO SUPREMO Nº 22600
JAIME PAZ ZAMORA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
C O N S I D E R A N D O :
Que por decreto supremo N° 15790 de 11 de septiembre de 1978, fue creado el Consejo Nacional de Vivienda Policial, con la finalidad de atender el requerimiento de vivienda al sector policial.
Que con posterioridad el Gobierno Nacional ha dictado disposiciones legales creando otras instituciones descentralizadas, de derecho público con el propósito de atender el problema habitacional en los sectores de bajos ingresos a través del decreto supremo N° 21660, de 10 de julio de 1987, habiendo quedado exento el Consejo Nacional de Vivienda Policial (COVIPOL), en virtud al decreto supremo N° 21900 de 10 de marzo de 1988, amparado por los artículos 34 y 130 de la Ley Orgánica de la Policía Nacional.
Que en tal virtud es necesario dictar la norma legal que adecúe la estructura administrativa de COVIPOL, dentro de lo enmarcado en las disposiciones legales vigentes,
EN CONSEJO DE MINISTROS,
D E C R E T A:
ARTÍCULO PRIMERO.- Apruébase el Estatuto Orgánico del Consejo Nacional de Vivienda Policial (COVIPOL), en sus tres títulos, VII capítulos y 88 artículos respectivamente, a los que debe sujetarse su administración.
ARTÍCULO SEGUNDO.- Quedan derogadas las disposiciones legales contrarias al presente decreto.
Los señores Ministros de Asuntos Urbanos y del Interior, Migración y Justicia, quedan encargados del cumplimiento y aplicación del presente decreto supremo.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veinte días del mes de septiembre de mil novecientos noventa años.
FDO. JAIME PAZ ZAMORA, Javier Murillo de la Rocha Min. RR.EE y Culto a.i., Guillermo Capobianco Ribera, Héctor Ormachea Peñaranda, Gustavo Fernández Saavedra, Enrique García Rodríguez, David Blanco Zabala, Guillermo Fortún Suárez, Mariano Baptista Gumucio, Willy Vargas Vacaflor, Guido Céspedes Argandoña, Oscar Zamora Medinacelli, Mario Paz Zamora, Wálter Soriano Lea Plaza, Mauro Bertero Gutiérrez, Angel Zannier Claros, Elena Velasco de Urresti.