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Decreto Supremo22654 Vigente

Decreto Supremo N° 22654

Presidencia
13 de noviembre de 1990Vigente desde 13 de noviembre de 1990

08 DE NOVIEMBRE DE 1990 .- Se autoriza al Banco Central de Bolivia efectuar el pago de aportes a la Agencia Multilateral de Garantía de Inversiones, MIGA, dependiente del Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento, por cuenta de la República de Bolivia,

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35 años

DECRETO SUPREMO Nº 22654

LUIS OSSIO SANJINES

PRESIDENTE CONSTITUCIONAL INTERINO

DE LA REPÚBLICA

C O N S I D E R A N D O:

Que el Gobierno nacional suscribió el 5 de mayo de 1.986 el convenio constitutivo de la Agencia Multilateral de Garantía de Inversiones, MIGA, dependiente del Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento, ratificado por ley 1126 de 19 de enero de 1.990, cuyo objetivo es propiciar el flujo de inversiones en los países miembros;

Que el citado convenio ha acordado un aporte de capital inicial de un mil millones de derechos especiales de giro, correspondiendo a Bolivia el aporte de ciento veinticinco cuotas con un valor nominal de DEG. 10.000 cada una, participación que prevé un pago inmediato;

Que se debe autorizar al Banco Central de Bolivia pagar, por cuenta de la República, el 10 por ciento en efectivo y el 10 por ciento mediante la suscripción de pagarés.

EN CONSEJO DE MINISTROS,

D E C R E T A:

Artículo ÚNICO

Se autoriza al Banco Central de Bolivia efectuar el pago de aportes a la Agencia Multilateral de Garantía de Inversiones, MIGA, dependiente del Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento, por cuenta de la República de Bolivia, de acuerdo al siguiente detalle:

  • 10% en efectivo, según cuota de participación US$ 135.250
  • 10% mediante suscripción de
  • pagarés, según cuota de participación US$ 135.250

    El señor Ministro de Estado en el despacho de Finanzas queda encargado de la ejecución y cumplimiento del presente decreto supremo.

    Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los trece días del mes de noviembre de mil novecientos noventa años

    FDO. LUIS OSSIO SANJINES, Presidente Constitucional Interino de la República, Jorge Soruco Villanueva Min. Relaciones Exteriores y Culto a.i., Guillermo Capobianco Ribera, Héctor Ormachea Peñaranda, Mario Catacora Landivar Min. Presidencia de la República a.i., Marcelo Zalles Barriga Min. Planeamiento y Coordinación a.i., Armando Mendez Morales Min. Finanzas a.i., Guillermo Fortún Suárez, Mariano Baptista Gumucio, Willy Vargas Vacaflor, Guido Céspedes Argandoña, Oscar Zamora Medinacelli, Mario Paz Zamora, Wálter Soriano Lea Plaza, Gerardo Aguirre Ulloa Min. AA.CC. y Agropecuarios a.i., Alejandro Nowotny Vera Min. Energía e Hidrocarburos a.i., Elena Velasco de Urresti.

    Versión 1 de 1Vigente desde 13 de noviembre de 1990