06 DE MARZO DE 1991 .- Se dispone la transferencia y entrega en calidad de donación en favor de la Honorable Alcaldía Municipal de El Alto de La Paz, de 100 equipos integrales agrarios "Hanne", más conocidos como "Carritos Hanne", autorizándose al Ministerio de Asuntos Campesinos y Agropecuarios la suscripción del instrumento público correspondiente.
DECRETO SUPREMO Nº 22741
JAIME PAZ ZAMORA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
C O N S I D E R A N D O:
Que mediante el artículo 1° del Decreto Supremo 21794 de 11 de diciembre de 1987 se dispuso la entrega inmediata al Ministerio de Asuntos Campesinos y Agropecuarios de todas las maquinarias y equipos agrícolas provenientes de los convenios con Puerto Norte S.A. y Talleres Metalúrgicos Hanne, depositados o retenidos en recintos o almacenes de la Empresa Nacional de Ferrocarriles, Administración Autónoma de Almacenes Aduaneros, Corporaciones Regionales de Desarrollo y demás entidades.
Que por el artículo 6° del citado Decreto Supremo se autorizó al Ministerio de Asuntos Campesinos y Agropecuarios para que remate los equipos integrales agrarios “Hanne”, sin que hasta la fecha se hubiese realizado la subasta de dichos equipos agrícolas.
Que los referidos equipos integrales agrarios, conocidos como “Carritos Hanne”, continúan en los depósitos de AADAA expuestos a la interperie, con el consiguiente deterioro y pérdida o hurto de sus piezas o componentes, con evidente perjuicio para los intereses del Estado.
Que la Honorable Alcaldía Municipal de la ciudad de El Alto de La Paz ha solicitado al Supremo Gobierno la donación de 100 Carritos Hanne para su utilización en beneficio de su comunidad.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
D E C R E T A:
ARTÍCULO PRIMERO.- Se dispone la transferencia y entrega en calidad de donación en favor de la Honorable Alcaldía Municipal de El Alto de La Paz, de 100 equipos integrales agrarios “Hanne”, más conocidos como “Carritos Hanne”, autorizándose al Ministerio de Asuntos Campesinos y Agropecuarios la suscripción del instrumento público correspondiente.
ARTÍCULO SEGUNDO.- Se condona en favor de la Alcaldía Municipal de El Alto de La Paz todas las sumas que se adeudaren por tributos, impuestos, tasas, contribuciones, transporte o cualquier otro concepto a la Administración Autónoma de Almacenes Aduaneros, Aduana Nacional, Empresa Nacional de Ferrocarriles, Banco Agrícola de Bolivia, Banco Central de Bolivia y cualquier otro acreedor estatal, sobre los 100 “carritos Hanne” a que se refiere el artículo anterior.
Los señores Ministros de Asuntos Campesinos y Agropecuarios, de Finanzas y de Transportes y Comunicaciones, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los seis días del mes de marzo de mil novecientos noventa y un años.
FDO. JAIME PAZ ZAMORA, Carlos Iturralde Ballivián, Guillermo Capobianco Ribera, Héctor Ormachea Peñaranda, Gustavo Fernández Saavedra, Enrique García Rodríguez, David Blanco Zabala, Guillermo Fortún Suárez, Mariano Baptista Gumucio, Willy Vargas Vacaflor, Guido Céspedes Argandoña, Oscar Zamora Medinacelli, Mario Paz Zamora, Wálter Soriano Lea Plaza, Mauro Bertero Gutiérrez, Angel Zannier Claros, Elena Velasco de Urresti, Mario Rueda Peña.