15 DE MAYO DE 1991 .- Queda suprimido el Consejo Nacional de Edificaciones Escolares, CONES, y créase la DIRECCIÓN NACIONAL DE INFRAESTRUCTURA EDUCATIVA Y CULTURAL dependiente de la Dirección General de Administración del Ministerio de Educación y Cultura.
DECRETO SUPREMO N° 22804
JAIME PAZ ZAMORA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
C O N S I D E R A N D O :
Que se ha dispuesto la incorporación de las entidades descentralizadas a las estructuras de los correspondientes ministerios de estado, de acuerdo con la reorganización institucional determinada por la directiva presidencial de 7 de enero de 1,991, con objeto de hacer las funciones administrativas más eficientes;
Que el Consejo Nacional de Edificaciones Escolares se halla incluido en esa instrucción presidencial, correspondiendo al Ministerio de Educación y Cultura determinar el organismo de administración que se encargará de la planificación, elaboración de proyectos, supervisión de obras, construcción y mantenimiento de la infraestructura física del área de competencia del mencionado ministerio;
Que las funciones anotadas son esenciales e imprescindibles, atento el enorme número de locales educativos fiscales existentes y los que se construyan para las crecientes necesidades de escolarización de niños y jóvenes bolivianos, además de los centros culturales necesarios para la elevación cultural del pueblo boliviano.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
D E C R E T A :
ARTÍCULO PRIMERO.- Queda suprimido el Consejo Nacional de Edificaciones Escolares, CONES, y créase la DIRECCION NACIONAL DE INFRAESTRUCTURA EDUCATIVA Y CULTURAL dependiente de la Dirección General de Administración del Ministerio de Educación y Cultura, con las funciones de planificación, elaboración de proyectos, supervisión, construcción, remodelación y mantenimiento de locales educativos y culturales, en las áreas urbanas y rurales de todo el territorio nacional.
ARTÍCULO SEGUNDO.- Todos los bienes inmuebles y muebles, incluyendo máquinas, vehículos, equipos, implementos o enseres de oficina y trabajo, documentación y demás materiales del extinguido Consejo Nacional de Edificaciones Escolares pasan a propiedad del Ministerio de Educación y Cultura, de conformidad con el inventario que se elaborará bajo las formalidades de ley.
ARTÍCULO TERCERO.- El último Director ejecutivo de CONES debe elevar al Ministerio de Educación y Cultura, a la brevedad, el pertinente informe económico y de labores de la exentidad, acompañado de un balance de cierre de actividades al 28 de febrero de 1,991.
ARTÍCULO CUARTO.- La creada Dirección Nacional de Infraestructura Educativa y Cultural será organizada, con cargo al presupuesto del Ministerio de Educación y Cultura, con el mínimo de personal técnico administrativo requerido por su oficina central y filiales departamentales.
ARTÍCULO QUINTO.- El Ministerio de Educación y Cultura se hará cargo de los pasivos pendientes del exCONES, tanto de acuerdo al balance de cierre referido y los contratos respectivos, como a las recuperaciones de las deudas de terceros a su favor, principalmente los montos devengados por el aporte del uno por ciento para edificaciones escolares descontados por las empresas a sus trabajadores, en calidad de agentes de retención.
Los señores Ministros de Estado en los despachos de Educación y Cultura, Finanzas así como Planeamiento y Coordinación quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente decreto supremo.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los quince días del mes de mayo de mil novecientos noventa y un años.
FDO. JAIME PAZ ZAMORA, Carlos Iturralde Ballivián, Carlos A. Saavedra Bruno, Héctor Ormachea Peñaranda, Gustavo Fernández Saavedra, Enrique García Rodríguez, David Blanco Zabala, Guillermo Fortún Suárez, Mariano Baptista Gumucio, Willy Vargas Vacaflor, Guido Céspedes Argandoña, Oscar Zamora Medinacelli, Guillermo Cuentas Yáñez Min. Prev. Social y Salud Pública a.i., Wálter Soriano Lea Plaza, Mauro Bertero Gutiérrez, Angel Zannier Claros, Elena Velasco de Urresti, Mario Rueda Peña.